GADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, San Cristóbal, veintidós de Febrero de dos mi diez
199º y 150º
En fecha 26 de Enero de 2005, este Juzgado le dio entrada a la demanda intentada por la ciudadana BETSY OMAIRA PRADA DE BARRIENTOS, venezolana, titular de la cédula de identidad Nº V-13.999.884, quien actúa en su condición de Presidente de la Empresa TRANSPORTE SUBREGIONAL ANDINO LA RESTAURADORA ( TRASANRECA C.A.), y en representación de los 62 socios de la compañía los cuales representan a 85 acciones de un universo de 275, los cuales exceden el quinto del capital social de la compañía en 30 acciones en la que solicita al tribunal se ordene la convocatoria inmediata de la Asamblea Extraordinaria de accionistas de la Junta Directiva la cual esta conformada de la siguiente manera: Presidente BETSY PRADA DE BARRIENTOS; Vice-Presidente, JORGE PEÑARANDA ZAMBRANO; Gerente General, JAIME AMAYA MEDINA; Gerente Director Administrativo, LUIS LOZADA; Coordinador de Transporte y Comercialización, ENYERBERT E. PARADA; Director Técnico Coordinador de Planificación y Servicios, JOSE E. RAMIREZ; Comisario, Lic. ALBA MARINA MONCADA CARRERO.---------------------------------------------------------------------
En fecha 10 de Febrero de 2005, este tribunal acordó librar las respectivas boletas de notificación conforme se ordenó en el auto de admisión de fecha 26 de Enero de 2005.----------------------------------------------------------------------------
Este Tribunal, en virtud de que previa revisión de las actas que conforman el presente expediente constató que desde la última actuación procesal realizada en fecha 10 de Febrero de 2005, hasta la presente fecha ha transcurrido más de un año sin haberse efectuado ninguna actuación procesal para impulsar el proceso, se declara la PERENCIÓN DE INSTANCIA, de conformidad con el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, que establece:------------------------------------------
“Toda instancia se extingue por el transcurso de un año sin haberse ejecutado ningún acto del procedimiento por las partes…”
Por las consideraciones precedentes, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre d e la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA y en consecuencia, EXTINGUIDO EL PRESENTE PROCESO.
REINA MAYLENI SUÁREZ SALAS
JUEZ TITULAR
Iralí Jocelyn Urribarri Díaz
Secretaria
En la misma fecha se dictó y publicó la anterior sentencia y se dejó copia certificada para el archivo del tribunal, siendo la una de la once de la mañana.
Iralí Jocelyn Urribarri Díaz
Secretaria
Exp Nº 31333
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