REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, 05 de Febrero de 2010.
199° y 150°
Vista la diligencia de fecha 04-02-2010 (F.-75 y 76), suscrita por la ciudadana CANDELARIA AUXILIADORA MORENO venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad N° V.-4.257.705, con el carácter de Co-demandada en la presente causa, asistida por la abogada MARIA BUSTAMANTE, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 48.381, y vista igualmente que por auto emitido por este Juzgado en fecha 17-04-1996 se declaró extinguida la instancia en la presente causa, de acuerdo a lo establecido en el articulo 267 del Código de Procedimiento Civil, en tal sentido y conforme a lo solicitado, Este Tribunal LEVANTA LA MEDIDA DE PROHIBICION DE ENAJENAR Y GRAVAR decretada por este Juzgado en fecha 18-07-1985; Oficiándose lo conducente al Registrador correspondiente; Por cuanto no hay más actuaciones que realizar, en presente expediente; Da por Terminado el presente juicio y se ordena el archivo del expediente.
Josué Manuel Contreras Zambrano
EL JUEZ Jocelynn Granados Serrano
Secretaria
JMCZ/y.r.-
Exp: 6363-1985
En la misma fecha se libró oficio acordado bajo el Nº__________.-