REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL, TORBES, CARDENAS, GUASIMOS, FERNANDO FEO, LIBERTADOR Y ANDRÉS BELLO
San Cristóbal, Estado Táchira, miércoles 10 de febrero de 2010, siendo las 09:16 de la mañana, se trasladó y constituyó este Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal, Tórbes, Cárdenas, Guásimos, Fernández Feo, Libertador y Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, junto con el abogado Rainer Rodríguez Parra, titular de la cédula de identidad N° V-10.145.930 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 62.434, apoderado judicial del ciudadano Ángel José Núñez Herrera, en un inmueble ubicado en en la Avenida 19 de Abril, Residencias El Parque, Torre A, piso 3, oficina 3-D, a fin de llevar a cabo medida Embargo Ejecutivo de embargo, decretada por el Juzgado Tercero de los Municipios San Cristóbal y Tórbes de ésta Circunscripción del estado Táchira, demanda incoada por Ángel José Núñez Herrera, titular de la cédula de identidad N° V- 5.891.278 contra la Inmobiliaria El Ángel C.A. en la persona de su Director de Venta y Mercadeo Ramón Gerardo Martínez, expediente N° 5740, por Reintegro de Depósito de Alquileres,. El Tribunal se hizo acompañar del Cabo II Víctor Angarita, placa 305, Funcionario de Politáchira. Se encuentra presente el ciudadano Ramón Gerardo Martínez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-11.501.438, en su carácter de Gerente de Venta y Mercadeo de Inmobiliaria El Ángel C.A, quien fue notificado del objeto y misión del Tribunal. Ahora bien, por cuanto el derecho a la defensa es un derecho inherente a toda persona garantizado y protegido en todo grado y estado del proceso, se le concede un lapso de 20 minutos para que ubique a un Abogado que defienda sus derechos e intereses de conformidad con lo establecido en el articulo 49, ordinal primero de la Constitución Nacional, desarrollado jurisprudencialmente por el Tribunal Supremo de Justicia, Sala Constitucional, Sentencia N° 10, de fecha 02/02/2000 en concordancia con el articulo 8 de la Convención Universal de los Derechos Humanos, todo por aplicación del articulo 23 de la Carta Magna, siendo las 09:54 de la mañana, se hizo presente el Abogado Orlando Argelio Carrillo Gutiérrez, titular de la cédula de identidad N° V- 12.972.312 e inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 123.496, quien asistirá en este acto al ciudadano Ramón Gerardo Martínez, en su carácter de Director de Inmobiliaria Ángel, C.A., a quien se le notifico la misión u Objeto del tribunal. Seguidamente el ciudadano Ramón Gerardo Martínez, y debidamente asistido por el abogado Orlando Carrillo, solicito el derecho de palabra y concedido que le fue expone: a fin de dar por terminado el presente juicio acato la decisión y ofrezco pagar en este acto la cantidad de Cinco Mil Bolívares (Bs. 5.000,00) mediante Cheque del Banco Bicentenario (central) de la cuenta Corriente No. 01580076310761012324, signado con el No. 8476688481 de fecha 10 de Febrero de 2010. Igualmente solicito que el presente pago se da cumplimiento a la orden y se procede al archivo del presente expediente. Seguidamente solicito el derecho de palabra el Abogado Rainer Rodríguez, parte actora y concedido que le fue expone: acepto el ofrecimiento efectuado por la parte demandada y recibo en este acto el cheque anteriormente identificado, pido que se suspenda la presente ejecución y se remita la comisión al tribunal de la causa. Seguidamente el ciudadano Juez expone: visto lo solicitado por la parte actora, se suspende la ejecución y se devuelve la comisión al Tribunal de la causa, es todo. Se acuerda dejar copia certificada de la presente acta para el copiador de actas llevado por éste Tribunal. No siendo otro el objeto del Tribunal, se da por terminado el acto siendo las 10:47 de la mañana, regresando a la sede natural del Tribunal, ubicado en San Cristóbal, termino, se leyó y conformes firman. Dr. Félix Antonio Matos. Juez Titular. (Fdo). Lugar del Sello. Ramón Gerardo Martínez. Demandado Notificado. (Fdo). Abg. Rainer Rodríguez. Abogado Actor. (Fdo). Abg. Orlando Carrillo Martínez. Abogado asistente del Demandado. (Fdo). Cabo II Víctor Angarita. Funcionario de Politáchira. (Fdo). Abg. Zulay Rivas Pacheco. Secretaria Temporal. (Fdo