REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control de San Antonio del Táchira
San Antonio del Táchira, 5 de Febrero de 2010
199º y 150º

ASUNTO PRINCIPAL : SP11-P-2010-000092
ASUNTO : SP11-P-2010-000092


AUTO MOTIVADO DE PRORROGA
Vista la solicitud de prorroga hecha por la Abg. MARJA LORENA SANABRIA BECERRA, en representación del la Fiscalía 24 en razón de lo establecido en el articulo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, el cual establece que el Ministerio Publico en caso de requerir un lapso adicional al de treinta días para presentar el acto conclusivo solicitara de manera fundada una prorroga, la cual será resuelta por el Juez dentro de los tres días siguientes. En razón de ello la Fiscalía 24° del Ministerio Publico ha solicitado el lapso de quince días, de conformidad con lo previsto en los artículos 250 del Código Orgánico Procesal Penal, con ocasión a la causa penal llevada en contra de los ciudadanos LEONARDO FABIO GOMEZ CARRERO , quien dice ser de nacionalidad colombiana, natural de Chinacota, Republica de Colombia , titular de la cedula de ciudadanía No C. C 1.090.408.491, mayor de edad, nacido en fecha 13 de Abril de 1989, de 20 años de edad, hijo de CARMEN ALICIA CARRERO (v), soltero, de profesión u oficio pirata, sin residencia en el país; MARIO ANDRES GALVIS RINCON, quien dice ser de nacionalidad colombiana, natural de Santiago, Norte de Santander Republica de Colombia , titular de la cedula de ciudadanía No C. C 1.093.755.654, mayor de edad, nacido en fecha 19 de Diciembre de 1990, de 19 años de edad, hijo de CARMEN ROSA GALVIS RINCON (v), soltero, de profesión u oficio Ayudante de Carpintería , sin residencia en el país, teléfono 5769070;y, TERRY CASTILLO ROMERO, quien dice ser de nacionalidad colombiana, natural de Cúcuta republica de Colombia, titular de la cedula de ciudadanía No C. C 1.090.419.083, mayor de edad, nacido en fecha 01 de Septiembre de 1990, de 19 años de edad, hijo de María Gabriela Castillo ROMERO (v), soltero, de profesión u oficio Ayudante de Carpintería , sin residencia en el país, teléfono, por la presunta comisión del delito de DESVALIJAMIENTO DE VEHICULO previsto y sancionado en el articulo 3 de la Ley Sobre Hurto y Robo de Vehiculo Automotor, en concordada relación con el articulo 16 numeral 5 de la Ley Orgánica contra la Delincuencia Organizada.

En tal sentido se revisa el petitorio hecho por el Ministerio Publico en el cual solicita un lapso de quince días en razón de que faltan diligencias de investigación para esclarecer los hechos, así mismo verificado que dicha solicitud fue realizada ante el Tribunal dentro del lapso de cinco días antes del vencimiento de treinta días para presentar el acto conclusivo, en tal sentido a los fines de culminar con la fase preparatoria, este Tribunal acuerda el lapso de quince (15) días continuos, contados a partir del día de 05-02-2010, de conformidad con lo establecido en el cuarto y quinto aparte del artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal; y así se decide.

DISPOSITIVA
ESTE TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, EXTENSION SAN ANTONIO DEL TACHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY:
UNICO: ADMITE LA SOLICITUD DE PRORROGA para presentar el acto conclusivo en contra de los imputados LEONARDO FABIO GOMEZ CARRERO , quien dice ser de nacionalidad colombiana, natural de Chinacota, Republica de Colombia , titular de la cedula de ciudadanía No C. C 1.090.408.491, mayor de edad, nacido en fecha 13 de Abril de 1989, de 20 años de edad, hijo de CARMEN ALICIA CARRERO (v), soltero, de profesión u oficio pirata, sin residencia en el país; MARIO ANDRES GALVIS RINCON, quien dice ser de nacionalidad colombiana, natural de Santiago, Norte de Santander Republica de Colombia , titular de la cedula de ciudadanía No C. C 1.093.755.654, mayor de edad, nacido en fecha 19 de Diciembre de 1990, de 19 años de edad, hijo de CARMEN ROSA GALVIS RINCON (v), soltero, de profesión u oficio Ayudante de Carpintería , sin residencia en el país, teléfono 5769070;y, TERRY CASTILLO ROMERO, quien dice ser de nacionalidad colombiana, natural de Cúcuta republica de Colombia, titular de la cedula de ciudadanía No C. C 1.090.419.083, mayor de edad, nacido en fecha 01 de Septiembre de 1990, de 19 años de edad, hijo de María Gabriela Castillo ROMERO (v), soltero, de profesión u oficio Ayudante de Carpintería , sin residencia en el país, teléfono, por la presunta comisión del delito de DESVALIJAMIENTO DE VEHICULO previsto y sancionado en el articulo 3 de la Ley Sobre Hurto y Robo de Vehiculo Automotor, en concordada relación con el articulo 16 numeral 5 de la Ley Orgánica contra la Delincuencia Organizada, por el lapso de QUINCE (15) DÍAS CONTINUOS, contados a partir del día 05-02-2010, con vencimiento para el día 19-02-2010.
Es todo terminó, se leyó y conformes firman, notifíquese las partes de la presente resolución.


ABG. NEIL RAMÓN TORREALBA
JUEZ SEGUNDO DE CONTROL.


ABG.
EL (LA) SECRETARIO (A)