REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL. SAN ANTONIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control de San Antonio del Táchira
San Antonio del Táchira, 9 de Febrero de 2010
199º y 150º
ASUNTO PRINCIPAL : SP11-P-2008-001284
ASUNTO : SP11-P-2008-001284
Visto el escrito presentado por la ciudadana Lorena Rodríguez Fiallo, en su carácter de Defensora del imputado: TEO KIM ENG, a quien se le sigue causa penal Nº SP11-P-2008-001284, mediante el cual requiere de este Tribunal se le conceda autorización para viajar a la ciudad de Caracas para realizar tramites legales en la Embajada de China en nuestro país, razón por lo cual solicita ante este Tribunal le sea otorgada un permiso especial por el lapso de ocho días contados a partir del jueves 11 de febrero hasta el 20 de febrero del año en curso, a los fines de ausentarse de la jurisdicción del tribunal y le sea otorgado la respectiva constancia donde se certifique el respectivo permiso. Este Tribunal para decidir observa:
En fecha 08 de Julio de 2008, ante esté Tribunal Tercero de control se realizo audiencia preliminar otorgándose Suspensión Condicional del Proceso, con un Regimen de Prueba de Dos Años.
Ahora bien, la solicitante manifiesta en su escrito que su representado requiere viajar a la ciudad de Caracas, para realizar tramites legales en la Embajada de China en nuestro país, razón por lo cual solicita ante este Tribunal le sea otorgada un permiso especial por el lapso de ocho días contados a partir del jueves 11 de febrero hasta el 20 de febrero del año en curso, por lo cual se declara procedente la autorización en fundamento al artículo 26, 50 y 51 de la Constitución de la República bolivariana de Venezuela, debiendo presentarse el ciudadano TEO KIM ENG, el día 22 de Febrero de 2010 y así se declara.
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL NUMERO NUEVE ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE: AUTORIZA al ciudadano TEO KIM ENG, quien dice ser de nacionalidad china, mayor de edad, natural de Shangai, República de China, nacido en fecha 18 de julio de 1984, de 23 años de edad, hijo de padres desconocidos, de profesión u oficio Cocinero, residenciado en Carrera 11, N° 7-61, Barrio Simón Bolívar, parte superior del restaurante XING XING, San Antonio, Municipio Bolívar, del Estado Táchira, para ausentarse de la Jurisdicción del Estado Táchira, y viajar a la ciudad de Caracas , debiendo presentarse el día veintidos (22) de Febrero de 2010, por ante el Tribunal. Notifíquese. Cúmplase lo ordenado.-
LA JUEZ TERCERO DE CONTROL
ABG. KARINA TERESA DUQUE DURAN
SECRETARIO