REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE MUNICIPIO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
JUZGADO TERCERO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.
Maiquetía, 05 de Febrero de 2010
199° y 150°

Vista la anterior Solicitud, presentada por los ciudadanos WILLIAM ARMANDO LARA Y LIDIA ESTHER BOLIVAR DE LARA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cedulas de identidad Nros V-6.466.120 y V-6.484.168, respectivamente, debidamente asistidos por la abogada DINORAH MARIA GARCIA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 42.652, y por cuanto no es contrario al orden público, a las buenas costumbres ni a ninguna disposición expresa de la ley este Tribunal la admite. Se ordena la citación de la Representante del Ministerio Público de ésta misma Circunscripción Judicial, para que comparezca por ante éste Tribunal dentro de los diez (10) días de Despacho siguientes a su citación, a exponer lo que estime pertinente en relación al referido escrito solicitud, cuya copia certificada se le anexará a la Boleta de Citación, todo de conformidad con lo previsto en el Artículo 185-A del Código Civil. Expídase por Secretaría copia certificada del aludido escrito solicitud, y con la respectiva Boleta conforme a lo previsto en el Artículo 112 del Código de Procedimiento Civil, entréguese al Alguacil del Tribunal para que practique la citación.
LA JUEZ,

NAHIROBY C. BOSCAN P.
LA SECRETARIA,

ELIA GONZALEZ
En la misma fecha se libró Boleta de citación al Representante del Ministerio Público y copias certificadas.
LA SECRETARIA,

ELIA GONZALEZ

NCBP/EG/Neulys
.Exp. 1336-10

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
JUZGADO TERCERO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION
JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.
Maiquetía, 05 de Febrero de 2010
199° y 150°
BOLETA DE CITACION
SE HACE SABER:
AL REPRESENTANTE DEL MINISTERIO PÚBLICO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS:

Que debe comparecer por ante éste Tribunal dentro de los diez (10) días de Despacho siguientes a la constancia en autos de haberse practicado su citación, para que exponga lo que estime pertinente en relación a la solicitud de DIVORCIO de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 185-A del Código Civil, presentada por los ciudadanos WILLIAM ARMANDO LARA Y LIDIA ESTHER BOLIVAR DE LARA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cedulas de identidad Nros V-6.466.120 y V-6.484.168, respectivamente, debidamente asistidos por la abogada DINORAH MARIA GARCIA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 42.652, respectivamente, que se sustancia en el Expediente N° 1336, y cuya copia certificada se le anexa a la presente Boleta.
132 del Código de Procedimiento Civil.-
Firmará al pié de la presente boleta, en señal de haber sido citado.
LA JUEZ,

NAHIROBY C. BOSCAN P.

FIRMA: ___________________ FECHA: _____________ HORA: _______
LUGAR:______________________________________________________

NCBP/Neulys
Exp. Nº 1366-09