REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA
Años 199° y 150°

ACTA
ASUNTO Nº SP01-L-2009-000825

PARTE ACTORA: YASELIS DEL CARMEN SALAS, identificada con la cédula Nro. V-13.748.850.

APODERADAS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: JONATHAN ARAQUE R., inscrito en el I.P.S.A., bajo el Nro.97.378

PARTE DEMANDADA: CLUB SOCIAL DEPORTIVO COSMO C.A., inscrita ante el Registro Mercantil del Estado Táchira en fecha 06-06-1996, bajo el Nro.16, Tomo 17-A representada por JORGE ELIECER PEÑUELA, identificado con la cédula Nro.V-22.645.355.

APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: MIGUEL GERARDO PEÑALOZA URBINA inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nro.58.436.

MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES

En el día hábil de hoy, CUATRO (04) de FEBRERO de 2010, siendo las 10:30 de la mañana, oportunidad fijada para celebrar la Audiencia Preliminar, En el día de hoy, cuatro (04) de febrero de 2010, siendo las 10:30 de la mañana, se hizo presente en la sede del Tribunal por la parte actora, la coapoderada judicial abogada ADRIANA ISABEL RODRIGUEZ MONTOYA, inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nro.97.951. El Tribunal deja constancia de la no comparecencia a este audiencia de la parte demandada, ni por sí ni por medio de apoderado judicial alguno legalmente constituido, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 131 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se pasa a dictar en forma oral el dispositivo del Fallo, declarando que una vez revisada la petición del demandante y encontrándola que no es contraria a derecho, se presume la ADMISIÓN DE LOS HECHOS alegados por el demandante y en tal sentido: este Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución Para el Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR LA ACCION INTENTADA, condenándose a la parte demandada, al pago de los siguientes conceptos y montos:
Fecha de ingreso del trabajador: 10 de enero de 2009;
Fecha de egreso del trabajador: 04 de agosto de 2009; duración de la relación laboral: 6 meses y 24 días.

PRIMERO: Por Antigüedad: según el artículo 108 de la Ley Orgánica del Trabajo
Desde el 10 de enero de 2009 al 04 de agosto de 2009: 45 días x salario integral diario, Bs.22,74 = Bs. 1.023,30.
Subtotal Bs. 1.023,30
SEGUNDO: Vacaciones Fraccionadas:
7,5 días x Bs. 21,43 = Bs.160,72
Subtotal Bs.160,73






TERCERO: Bono Vacacional Fraccionado:
3,64 días x Bs. 21,43 = Bs.78,oo
Subtotal Bs.78,oo
CUARTO: Indemnización por Despido:
Indemnización Sustitutiva de Preaviso: 30 días x Bs.21,43= 642,90
Indemnización por Antigüedad:
30 días x Bs.21,43 = 642,90
Sub-Total: Bs.1.285,80
QUINTO: Utilidades:
7,5 días x Bs.21,43 = 160,72
Sub-Total Bs. 160,72
Total: 2.708,55
Estas cantidades ascienden al monto total de DOS MIL SETECIENTOS OCHO BOLIVARES CON CINCUENTA Y CINCO CENTIMOS (Bs.2.708,55), más las costas y costos del proceso, más los intereses de mora, así como la indexación o ajuste por inflación que deberá ser calculados en experticia complementaria del fallo, que debe ser practicada por un solo experto designado por el Tribunal, en base a los siguientes parámetros:
• Para calcular la indexación debe tenerse como base lo presupuestos sentados en decisión dictada por la Sala de casaciópn Social del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 11-11-2008, Nro.1841.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE LA PRESENTE DECISIÓN. San Cristóbal, 04 de
Febrero de 2010. Años 199° de la Independencia y 150° de la Federación.-

La Juez,


Abg. ANA MERCEDES MORA RIVAS

La parte actora,


La co-Apoderada de la parte actora,