REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EN LO CIVIL
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.
Maiquetía, 15 de julio de 2010
200° y 151°
Vistas las pruebas, presentadas en fecha 01/07/2010, por el ciudadano CESAR BLANCEL BRICEÑO GARAY, parte demandada, debidamente asistido por la abogada REINA WALESKA CARRASCO, Inpreabogado Nº 119.038, y en fecha 07/07/2010 por los abogados JULIO C. MOLINA V Y JAIME E. POLEO C, Inpreabogado Nº 46.155 y 69.114, respectivamente, en su carácter de apoderados judiciales de la parte actora, por cuanto las mismas no son manifiestamente ilegales, ni impertinentes, el Tribunal las admite, salvo su apreciación o no en la definitiva. En cuanto a la prueba de informe promovida por la parte demandada, se ordena oficiar a la Oficina de Dirección General del Registro e Información Fiscal (RIF), del Ministerio del Poder Popular para la Economía y Finanzas, a fin de solicitar la información señalada, de conformidad con lo establecido en el artículo 433 del Código de Procedimiento Civil, con la advertencia que no podrá rehusarse a suministrar dicha información. Líbrese oficio. Asimismo, en cuanto al testigo promovido por la representación de la parte actora ciudadano LUIS R. PARRA, titular de la cédula de identidad Nº 1.190.592, para recibir su declaración se fija las 10:00 a.m, del tercer (3er) día de despacho siguientes al de hoy, de conformidad con lo establecido en el artículo 483 eiusdem.
LA JUEZA,
MARITZA CASTRO RIVAS LA SECRETARIA
YASMILA PAREDES
En la misma fecha se libró el oficio conforme a lo ordenado.
LA SECRETARIA
YASMILA PAREDES
MS/YP/ys.-
Expediente Nº 8149