JUZGADO DEL MUNICIPIO BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Antonio, 30 de julio de 2010.
200° y 151º
Vista el acta de conciliación, celebrada por ante este Despacho en esta misma fecha, la cual corre inserta a los folios 118 y 119, en el presente expediente signado con el N° 1158-2002 por Aumento de la Obligación de Manutención, suscrita por los ciudadanos: GLADYS ESPERANZA MONCADA VARGAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.252.125 y FERNANDO PINO PATIÑO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.251.251, a favor de la niña (se omite el nombre) y del adolescente (se omite el nombre); por cuánto la misma no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Tribunal le imparte su HOMOLOGACIÓN de conformidad con el Artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente, dándole fuerza ejecutiva. Notifíquese al Fiscal Catorce Especializado para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente. Líbrese boleta de notificación. Cúmplase.
El Juez Titular,
Abg. Pedro Antonio Gáfaro Pernía.
La Secretaria,
Abg. Rossy Mariana Mendoza Rojas
En la misma fecha se notificó al Fiscal Catorce Especializado para la Protección del Niño y del Adolescente.
La Sria.,
Exp. 1158-02
PAGP/jacs
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