UNICO: DECLARA LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL, de conformidad a lo establecido en el artículo 48 numeral 7°, del Código Orgánico Procesal Penal y el artículo 45 ejusdem, y en consecuencia DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA a favor de la ciudadana JEAN CARLOS RODRIGUEZ CARREÑO por la comisión del delito de VIOLENCIA FISICA previsto y sancionado en el articulo 42 de la ley orgánica del derecho a las mujeres a una vida libre de violencia con la agravante establecida en el articulo 217 de la ley orgánica para la protección del niño y niña y adolescente en perjuicio de la adolescente E.J.C.R. (identidad omitida)