REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS

Maiquetía, doce (12) de Julio del año dos mil diez (2010)
200° y 151°


ASUNTO: WP11-L-2010-000194

Vista la diligencia de fecha ocho (08) de Julio del año dos mil diez (2010), suscrita por el ciudadano HUMBERTO ENRIQUE DIAZ BURGES, debidamente asistido por la Profesional del Derecho MARINA PONTE, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 28.809, mediante la cual “desiste del procedimiento por cobro de prestaciones sociales incoada por su persona en contra de la Sociedad Mercantil INCISAN OPTISA INSTALACIONES, C.A.”, este Tribunal Quinto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del estado Vargas; en consecuencia, HOMOLOGA el Desistimiento y en razón de ello declara terminado el proceso, ordenando el cierre y archivo del presente expediente. Es todo. Cúmplase.
EL JUEZ


Dr. ARNALDO RODRÍGUEZ LEON




EL SECRETARIO


Abg. WILLIAM SUÁREZ




ARL/WS/greo
WP11-L-2010-000194