REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS

Maiquetía, dieciséis (16) de Julio del dos mil diez (2010)
198° y 150°

ASUNTO N° WP11-L-2009-000291

Visto por cuanto en fecha veintiuno (21) de octubre del año dos mil nueve (2009), se dictó auto mediante el cual se declaró la Perención de la Instancia; este Tribunal Sexto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Estado Vargas, en consecuencia, declara terminado el presente procedimiento y ordena el cierre y archivo del expediente, así mismo se acuerda oficiar a la Coordinación Judicial del Circuito Judicial del Trabajo del Estado Vargas, a los fines de la remisión del expediente a los Archivos Judiciales. Cúmplase lo ordenado. Líbrese Oficio.-
LA JUEZ

Dra. GIOCONDA CACIQUE MEJICANO
EL SECRETARIO

Abg. WILLIAM SUÁREZ

GC/WS/Pablo
WP11-L-2009-000291