REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira
200º y 151º
ASUNTO: SP01-L-2010-000420.
PARTE ACTORA: OLGA ZULAY PARADA Y HENRY JOSE MONSALVE BLANCO, titulares de las Cédulas de Identidad N°: E-84.420.699 y V-13.821.089.
PARTE DEMANDADA: CENTRO TURISTICO DOÑA TULIA.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS.
En el día hábil de hoy, Miércoles 28 de Julio de 2010, siendo las 10:30 a.m., y la oportunidad fijada para la celebración de la Audiencia Preliminar, se deja expresa constancia de la incomparecencia de la parte demandante y de la parte demandada, ni por sí ni por medio de apoderados judiciales alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE LA PRESENTE DECISIÓN.
Dra. YALENA MORA.
La Juez
La Secretaria,
YM.
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