Conoció por distribución este Juzgado Segundo de Los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, de la demanda intentada por el ciudadano ALEJANDRO MODESTO ALCENDRA GUETE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad 22.250.598 y domiciliado en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia, asistido en este acto por el Abogado en ejercicio MARLON ROSILLO GIL, inscrito en el Inpreabogado con el número 117.404, por Reintegro de Depósito en Garantía y Daños y Perjuicios, en contra de la ciudadana GLADYS MASSABIE DE RAHN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 2.962.345 y domiciliada en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia.

I
ANTECEDENTES
A esta demanda se le dio entrada en este Juzga¬do, en fecha veintitrés (23) de Junio de 2010, ordenándose la citación de la parte demandada.

II
DEL DESISTIMIENTO
Mediante diligencia de fecha seis (06) de Julio de 2010, suscrita por el ciudadano ALEJANDRO ALCENDRA GUETE, parte demandante, asistido por el Abogado en ejercicio y de este domicilio MARLON ROSILLO GIL, antes identificado, expuso: “Cursa por ante la sala de este Juzgado causa signada bajo el número 2640, es por lo que mediante la presente diligencia vengo a desistir del procedimiento, desistimiento que efectúo de acuerdo a las disposiciones del articulo 265 Código de Procedimiento Civil, y a los fines legales pertinentes. Es todo, se leyó y conformes firman. Otro: Igualmente solicito se me devuelvan los originales que rielan en la presente causa, previa certificación en constancia en actas”. El Tribunal, visto el anterior desistimiento del procedimiento, le imparte su aprobación, homologándolo y ordena devolver los originales solicitados, previa certificación por Secretaría.



III
DECISIÓN
Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara:

CONSUMADO el Desistimiento del Procedimiento, en el juicio por Reintegro de Depósito en Garantía y Daños y Perjuicios, seguido por el ciudadano ALEJANDRO MODESTO ALCENDRA GUETE, en contra de la ciudadana GLADYS MASSABIE DE RAHN, ambos identifica¬dos en la parte narrativa de este fallo, en consecuencia, se homologa el presente acto, se le da el carácter de Cosa Juzgada y se da por terminado el presente juicio.

Se ordena devolver los originales solicitados previa certificación por Secretaria.

No hay condenatoria en costas por la naturaleza del Fallo.

Se hace constar que el Abogado en ejercicio MARLON ROSILLO GIL, asistió a la parte demandante. Déjese copia certificada por Secretaria de conformidad con el articulo 248 del Código de Procedimiento Civil.

Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, a los siete (07) días del mes de Julio de 2010. Años 200º de la Independencia y 151º de la Federación.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.
LA JUEZ TEMPORAL


Abog. SENOVIA URDANETA GUERRA
EL SECRETARIO


Abog. ANDRÉS VIRLA VILLALOBOS
En la misma fecha siendo las tres de la tarde (03:00 p.m.), se publicó la anterior sentencia interlocutoria con fuerza de definitiva.
EL SECRETARIO


Abog. ANDRÉS VIRLA VILLALOBOS