REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CIVIL

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.
Maiquetía, 28 de junio de 2010.-
200º y 151º
Visto el RECURSO DE HECHO, interpuesto por la abogada Kerlly Peraza Marcano, inscrita en el Inpreabogado con el número 129.941, actuando en su carácter de apoderada judicial del ciudadano Alfredo Saél Urrea, contra la negativa de oír el recurso de apelación interpuesto contra el auto dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, en fecha 15 de junio de 2010; este Juzgado Superior lo da por introducido y en consecuencia, se fija un plazo de CINCO (5) días de despacho siguientes a la presente fecha para que el recurrente consigne las copias certificadas necesarias para decidirlo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 307 del Código de Procedimiento Civil.-
LA JUEZA SUPERIOR
DRA. MARIA CAROLINA MARIOTTO ORTIZ
LA SECRETARIA
Abg. MARYSABEL BOCARANDA
En esta misma fecha y como esta ordenado se le dio entrada quedando anotada bajo el Nº 2010.-
LA SECRETARIA
Abg. MARYSABEL BOCARANDA

MCMO/Mb.-
Exp. Nº 2010.-
Recurso de Hecho.-