REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CARDENAS, GUASIMOS Y ANDRES BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. Táriba, 17 de Junio del dos mil DIEZ.
200° y 151°
Presentado personalmente por sus firmantes constante de (18) folios útiles, fórmese expediente, inventaríese, désele entrada en el Libro respectivo y el curso de ley correspondiente. De conformidad con lo solicitado por los cónyuges, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CARDENAS, GUASIMOS Y ANDRES BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley DECRETA LA SEPARACION DE CUERPOS y DE BIENES POR MUTUO CONSENTIMIENTO de los cónyuges FABIOLA CONTRERAS DE NAVARRO Y SAUL EDUARDO NAVARRO CACERES, venezolana y colombiano, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-9.209.054 la primera y con pasaporte N° A-J-547289 de la República de Colombia, respectivamente, domiciliados en Palmira, Municipio Guásimos Estado Táchira, asistidos por el(a) abogado(a) DOLORES GREGORIA NIÑO CASANOVA, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 38.729, los cuales se regirán de acuerdo a lo estipulado por ellos en su escrito de separación de cuerpos y de bienes.
Conforme lo solicitado, se acuerda notificar al Fiscal del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, con copia fotostática certificada de la solicitud y del presente auto, participándole que se le concede un lapso de diez (10) días de despacho contados a partir de que conste en autos su notificación, para que exponga lo que considere conveniente sobre la solicitud formulada en la presente causa. SE INSTA A LA PARTE INTERESADA CONSIGNAR LAS FOTOCOPIAS RESPECTIVAS A LOS FINES DE ELABORAR LA BOLETA DE NOTIFICACION CORRESPONDIENTE.
LA JUEZ TITULAR,
ABG. LUISA MEDINA
LA SECRETARIA,
ABG. MARISOL MALDONADO
En la misma fecha se le da entrada bajo el No 6011-2010 del Libro de Causas llevado por este Tribunal.
LA SECRETARIA,
ABG. MARISOL MALDONADO
GR
La suscrita, Secretaria del JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CARDENAS, GUASIMOS Y ANDRES BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, certifica la exactitud de la anterior copia por ser fiel traslado de su original que se encuentra en el expediente 6011-2010 de SEPARACION DE CUERPOS y de BIENES, llevado por este Tribunal. TARIBA, 17-06-2010.
LA SECRETARIA,
GR ABG. MARISOL MALDONADO
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