Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado de los Municipios Cárdenas, Guásimos y Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECIDE:
PRIMERO: Declara Parcialmente Con Lugar la Solicitud de Fijación de Obligación de Manutención formulada por la ciudadana MARILYN ANDREI BARRAGAN CAICEDO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No.V-18.257.742, domiciliada en Palmira, Municipio Guásimos, Estado Táchira y hábil, en su carácter de madre de un bebé por nacer, contra el ciudadano ANDERSON STEVE ALVARADO CHACON, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No.V-18.791.474, domiciliado en Patiecitos, Municipio Guásimos, Estado Táchira y hábil.-
SEGUNDO: Se fija como Obligación de Manutención para el Bebé por nacer, la cantidad de TRESCIENTOS BOLIVARES (Bs.300,00) mensuales, pagaderos dentro de los primeros cinco días hábiles de cada mes, y ajustada anualmente en base a los I.P.C. emitidos por el Banco Central de Venezuela y a la capacidad económica del Obligado.
TERCERO: Se fija como cuota especial y adicional la cantidad de TRESCIENTOS BOLIVARES (Bs.300,00) para el mes de Diciembre por concepto de gastos navideños. Igualmente el padre deberá colaborar con el 50% de los gastos del parto, médicos, medicinas previa presentación de informe médico y facturas y otros gastos del bebé.
Regístrese, Publíquese, Déjese copia para el archivo del Tribunal y Notifíquese a las Partes.
Dada, Firmada, Sellada y Refrendada en la Sala de Despacho del Juzgado de los Municipios Cárdenas, Guásimos y Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en Táriba a las tres de la tarde del día Treinta de Junio de Dos Mil Diez. Años 200° de La Independencia y 151° de La Federación.-
La Juez Titular,
Abg. Luisa Medina
La Secretaria Temporal,
Nidelys Pérez
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