REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y FERNÁNDEZ FEO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. Abejales.
CAPITULO I
DE LAS PARTES
Sentencia N°1181-10-931
DEMANDANTE: MIRIAN LIZCANO DE SANCHEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-5.031.545, con el carácter de abuela materna del niño: WILKER ORLANDO PARRA SANCHEZ
DIRECCIÓN: En el Tropezón, Isla Betancourt Municipio Fernández Feo del Estado Táchira
DEMANDADO: NOEL ORLANDO PARRA, venezolano, mayor de edad, titulare de la cédula de identidad Nro.V-13.149.795 con el carácter de padre del niño: WILKER ORLANDO PARRA SANCHEZ
DIRECCIÓN:
Domiciliado en la casa 3-17, por la subida hacia el Barrio Renato Laporta, detrás de la iglesia Católica, El Piñal, Municipio Fernández Feo, del Estado Táchira
MOTIVO: Fijación de la Obligación de Manutención
CAUSA NRO. 1181-10
Fecha de Entrada: 24 de Mayo de 2010.
CAPITULO II
DE LOS HECHOS
Se inicio el presente procedimiento en fecha 24 de Mayo de 2010, mediante la solicitud de Fijación de la Obligación de Manutención presentada en este Tribunal por la ciudadana: MIRIAN LIZCANO DE SANCHEZ, titular de la cédula de identidad Nro. V-5.031.545, a favor del niño: WILKER ORLANDO PARRA SANCHEZ, contra el ciudadano: NOEL ORLANDO PARRA.
En fecha 24 de Mayo de 2010, se admitió y se le dio entrada a la solicitud, se ordenó la citación al ciudadano NOEL ORLANDO PARRA, para que comparezcan por ante este Tribunal al tercer (3er) día de despacho siguiente a aquel que conste en autos su citación personal, a las diez (10:00) de la mañana, que se le concede como termino de distancia para el acto conciliatorio de obligación de manutención en la demanda incoada por la ciudadana MIRIAN LIZCANO DE SANCHEZ.
En fecha 24 de Mayo de 2010, se libro Boleta de Notificación al Fiscal Especializado de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Táchira, participando la admisión de la presente demanda.
En fecha 24 de Mayo de 2010, se libro oficio al Director de Recursos Humanos de la Empresa “NESTLE” Municipio Fernández Feo del Estado Táchira, con sede en el Piñal, mediante el cual se solicito se solicito el monto del Salario que percibe el obligado mensual devengado por el Ciudadano: NOEL ORLANDO PARRA.
En fecha 27 de Mayo de 2010, mediante diligencia el Alguacil del Tribunal Boleta de Notificación librada al Fiscal Especializado Para la Protección Civil y Familia de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, quien la recibió y firmo en fecha 27-05-2010, quedando legalmente notificado.
En fecha 01 de Junio de 2010, siendo las diez (10:00) de la mañana, día y hora fijada, para celebrar acto conciliatorio comparecen los ciudadanos: NOEL ORLANDO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V.-13.146.795 y MIRIAN LIZCANO DE SANCHEZ, venezolana, casada, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro V.5.031.545, concedido como le fue el derecho de palabra al demandado, previa entrevista con la Jueza, expuso: “Ofrezco como monto de la obligación de manutención la cantidad de CIENTO CINCUENTA BOLÍVARES (Bs. 150.00) mensuales, igualmente darle a la abuela de mi hijo 10 cesta Ticket todos los meses; y para el mes de agosto cubrir con todos los gastos escolares que requiera mi hijo WILKER ORLANDO PARRA SANCHEZ y para el mes de diciembre de cada año cubrir con la totalidad de gastos que requiera mi hijo. Así mismo me comprometo a cubrir el 50% de los gastos médicos y medicinas a favor de mi hijo WILKER ORLANDO PARRA SANCHEZ, y me comprometo a depositarlos los primeros cinco (5) días de cada mes en la cuenta de ahorros que ordene la apertura el Tribunal.” presente como se encuentra la demandada y concedido como le fue el derecho de palabra expuso: “Acepto el ofrecimiento de obligación de manutención hecho por el padre de mi nieto. Solicito a este Tribunal se aperture una cuenta de ahorros para que deposite el monto de las obligaciones de manutención”.
CAPITULO III
HOMOLOGACIÓN
En consecuencia y por cuanto la conciliación suscrita entre las partes no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles este Juzgado de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley le imparte HOMOLOGACIÓN al acta de fecha 01 de Junio de 2010, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente.
Líbrese oficio al Banco Bicentenario agencia abejales solicitando la apertura de una cuenta de ahorros a nombre de la ciudadana MIRIAN LIZCANO DE SANCHEZ cuyo beneficiario es el niño: WILKER ORLANDO PARRA SANCHEZ y para que se le autorice a movilizar dicha cuenta sin autorización del Tribunal, una vez aperturada la cuenta notifíquese al obligado, el numero a fin de que realice los depósitos. Todo de conformidad con lo establecido en el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y el Adolescente.
Se establece el ajuste anual proporcional y automático de la Obligación de la Manutención, todo de conformidad con lo establecido en el último aparte del Artículo 369 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente
Publíquese y regístrese la presente decisión.
Déjese copia certificada para el Archivo del Tribunal
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Despacho del Juzgado de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, con sede en Abejales, a los cuatro días del mes de junio del dos mil diez Años 200º de la Independencia y 151º de la Federación.
La Jueza.
ABG. ROSALBA RUIZ JAIMES
El Secretario.-
LUIS ALFONSO SÁNCHEZ PÉREZ
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