JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. Independencia, 03 de junio de 2010.
200º y 151º

Por recibido Oficio Nº 20-F15-103-10, de fecha 13 de mayo de 2010, junto con anexos constantes de cuatro (04) folios útiles, procedente de la Fiscalía Decimoquinto del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira; donde se encuentra original del acta de la fijación de la Obligación de Manutención de fecha 12/05/2010, suscrita por los ciudadanos PAOLA FRANCESCA TUCCI GONZÁLEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-17.645.792, domiciliada en El Valle, a dos cuadras del restaurante Los Portillos, Caballeriza El Refugio del Príncipe, diagonal a la carnicería, Municipio Independencia del Estado Táchira; y LEONARDO JOSÉ CHAVEZ GARCÍA, venezolano, mayor de edad, latonero, titular de la cédula de identidad Nº V-15.503.829, con domicilio en la Urbanización Torbes, Avenida Libertador, calle San Cristóbal, Quinta Villa Ursula, casa Nº C-120, Municipio San Cristóbal del Estado Táchira. En consecuencia se admite cuanto ha lugar en derecho, el procedimiento de OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, ante este Despacho, a favor del niño …, fórmese expediente, inventaríese, désele entrada y sígase el curso de Ley correspondiente. Por cuanto el acuerdo allí contenido no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con el artículo 375 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, le imparte su HOMOLOGACION dándole fuerza ejecutiva. Notifíquese a los ciudadanos PAOLA FRANCESCA TUCCI GONZÁLEZ Y LEONARDO JOSÉ CHAVEZ GARCÍA, del presente auto. Igualmente notifíquese al Fiscal XV del Ministerio Público con competencia para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial. Para la notificación del obligado líbrese exhorto al Juzgado Distribuidor de los Municipios San Cristóbal y Torbes de esta Circunscripción Judicial. Regístrese, publíquese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal. Líbrense boletas.
LA JUEZA TEMPORAL,

ABG. BETTY YAJAIRA VARELA MÁRQUEZ
LA SECRETARIA,

ABG. MAURIMA MOLINA COLMENARES
En-
esta misma fecha se le dio entrada bajo el Nº _______/2010, se notificó al Fiscal XV del Ministerio Público con competencia para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Se publicó siendo las ___________ del día tres (03) del mes de junio de dos mil diez, quedando registrada bajo el Nº _________. Se libró exhorto junto con oficio Nº 3140-_________.



Abg. Maurima Molina / Secretaria


BYVM/lcm.