REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL, TORBES, CARDENAS, GUASIMOS, FERNANDO FEO, LIBERTADOR Y ANDRÉS BELLO

San Cristóbal, estado Táchira, Miércoles 16 de junio de 2010, siendo las 12:10 del mediodía, se trasladó y constituyó este Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal, Tórbes, Cárdenas, Guásimos, Fernández Feo, Libertador y Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, junto con la Abogado Marina Velasco de Acero, titular de la cedula de identidad N° V-5.667.268 e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No.35.269, apoderada Judicial de la Sociedad Mercantil Inversiones Acero Velasco, S.R.L.; en un inmueble ubicado en la Avenida 19 de abril, galpón No. 8-A a fin de llevar a cabo la medida Entrega de Inmueble, decretada por el Juzgado Segundo de los Municipios San Cristóbal y Torbes de ésta Circunscripción Judicial, demanda incoada por Inversiones Acero Velasco, S.R.L. contra los ciudadanos David Fernández Quiroga y María Juana Vivas Moncada, Expediente No.4986-2009 por Cumplimiento de Contrato de Arrendamiento. El Tribunal se hizo acompañar del Cabo II Víctor Angarita, Placa 305, Funcionario de Politáchira. Se encuentra presente la abogado Mary Elena Pérez Ramírez, titular de la cedula de identidad N° V- 15.075.619, e inscrita en el Inpreabogado bajo el No.144.765 quien manifestó ser apoderada del ciudadano David Fernández Quiroga demandado de autos, presentando copia del Poder Apud Acta otorgado por ante el Tribunal Comitente, para que sea agregado a la presente acta, seguidamente es notificada del objeto y misión del Tribunal y permite el acceso del Tribunal al inmueble y quien en nombre de su representado hago entrega material, real y efectiva y totalmente desocupado el inmueble donde se encuentra el Tribunal y en las condiciones descritas en el despacho. Seguidamente la Abogado Marina Velasco expone: Manifiesto que recibo conforme totalmente desocupado, sin embargo la hacen falta al galpón los tomacorrientes y a la Oficina le falta las ventanas, quedando solo la estructura metálica de la misma y en cuanto a la medida de embargo, la misma no se ejecutará por no existir bienes sobre los cuales ejecutarlas, por lo que solicito al ciudadano Juez mantenga la comisión en el archivo del Tribunal. Se acuerda dejar copia certificada del acta para el copiador de actas llevada por este Tribunal y se agrega la copia del Poder Apud acta consignada por la Notificada. No siendo otro el objeto del Tribunal se da por terminado el acto, siendo las 12:45 del mediodía, regresando a la sede natural del Tribunal. Leída el acta a todos los presentes, conformes firman. DR. FÉLIX ANTONIO MATOS. JUEZ TITULAR. (fDO.) ABG. MARY ELENA PÉREZ RAMÍREZ. NOTIFICADA (fDO.)
ABG. MARINA VELASCO DE ACERO. APODERADA JUDICIAL (fDO.) CABO II VÍCTOR ANGARITA
FUNCIONARIO POLITÁCHIRA ABG. CARMEN B. MORENO PÉREZ SECRETARIA