ÚNICO:DECRETA LA EXTINCION DE LA ACCION PENAL Y EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA a favor de: PERSONAS DESCONOCIDAS, por la presunta comisión del delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 455, ordinal 4, del Código Penal, vigente para la fecha del hecho, en el cual resultó como víctima: JACOME JAIMES ALFREDO; de nacionalidad venezolana, Titular de la Cédula de Identidad N° V-3.063.386; solicitud que se fundamenta en lo previsto por el artículo 318 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal