REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO VARGAS

TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION
SEGUNDO DE EJECUCION
Macuto, 22 de junio de 2010
200º y 151º

ASUNTO PRINCIPAL : WP01-P-2009-000768
2E-2110-09

LIBERTAD PLENA POR CUMPLIMIENTO DE PENA

Compete a este tribunal, de conformidad con lo establecido en el artículo 479, numeral 1° del Código Orgánico Procesal Penal, emitir pronunciamiento en la presente causa seguida en contra del ciudadano JEAN CARLOS GONZALEZ, identificado con cédula de identidad Nº 12.509.201, quien es de nacionalidad venezolana, natural del estado Vargas nacido el 20-03-1973, quien también se identificó como MIGUEL ANGEL CASTILLO ALBORNOZ, cédula de identidad Nº 11.644.721, sobre quien recayó sentencia definitivamente firme dictada por el Juzgado Sexto de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas en fecha 29-07-2009, mediante la cual fue condenado a cumplir la pena de UN (01) AÑO Y CUATRO (04) MESES DE PRISION, por la comisión del delito de HURTO CALIFICADO EN GRADO DE FRUSTRACION, previsto y sancionado en el artículo 453 en concordancia con el 80 ambos del Código Penal, la cual fue debidamente ejecutada en fecha 30 de septiembre del año 2009, y de acuerdo al cómputo de cumplimiento, el mismo cumplirá efectivamente su condena el día de mañana (26-06-2010).
A tal efecto se observa:
El ciudadano JEAN CARLOS GONZALEZ fue condenado a cumplir la pena UN (01) AÑO Y CUATRO (04) MESES DE PRISION, la cual cumplirá en fecha 23 de junio de 2010, según cómputo de pena de fecha de fecha 30 de septiembre de 2009 realizado por este tribunal, el cual corre a los folios 120 al 122 del expediente.
En atención a los razonamientos expuestos, este tribunal estima procedente y ajustado a derecho DECRETA, A PARTIR DEL DIA 23 DE JUNIO DE 2010, LA LIBERTAD PLENA del ciudadano JEAN CARLOS GONZALEZ MIGUEL o ANGEL CASTILLO ALBORNOZ, por cumplimiento de la totalidad de la pena impuesta, para lo cual se ordena librar la correspondiente boleta de excarcelación, efectiva el día 23-06-2010. Y ASI SE DECIDE.

DISPOSITIVA

En virtud de la precedentemente expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en Función Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA, A PARTIR DEL DIA 23 DE JUNIO DE 2010, LA LIBERTAD PLENA del ciudadano JEAN CARLOS GONZALEZ, también identificado como MIGUEL ANGEL CASTILLO ALBORNOZ, por cumplimiento de la totalidad de la pena impuesta. Todo de conformidad con lo contemplado en los artículos 105 del Código Penal y 479, numeral 1º del Código Orgánico Procesal Penal.
Notifíquese a las partes. Líbrese Boleta de excarcelación al Internado Judicial Capital El Rodeo I. Ofíciese a la Dirección de Rehabilitación y Custodia del Ministerio del Poder Popular para las Relaciones Interiores y Justicia.
Regístrese, publíquese, diarícese, notifíquese, déjese copias y líbrense los oficios correspondientes.
EL JUEZ,

JUAN FERNANDO CONTRERAS
LA SECRETARIA,

ABG. ODALIS MARIN MAITAN

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.
LA SECRETARIA,

ABG. ODALIS MARIN MAITAN