REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE MUNICIPIO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
Maiquetía, 02 de Junio de 2010
200° y 151°
Por recibida la presente demanda de DESALOJO, en virtud del sorteo de distribución efectuado, y los recaudos consignados como fundamento de la misma, presentada por la ciudadana ERCILIA MARTINEZ ZURITA, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-10.333.939, debidamente asistida por la abogada MARIA ALEJANDRA PARRA MARTINEZ, abogada en ejercicio, de este domicilio e inscrita en el Inpreabogado Nro 85.432, el Tribunal, de conformidad con lo establecido en el Artículo 33 de la Ley de Arrendamiento Inmobiliarios, la admite cuanto ha lugar en derecho, en consecuencia, emplácese a la parte demandada, ciudadano CESAR ALFREDO MORALES JARA, venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nº 12.459.644, para que comparezca por ante este Tribunal al segundo (2°) día de Despacho siguiente a la constancia dejada por el Alguacil de haber practicado su citación, en las horas comprendidas de 8:00am a 3:30 p.m., a fin de que de contestación a la demanda conforme a lo establecido en el Artículo 35 ejusdem. Compúlsese el libelo de la demanda con la orden de comparecencia al pie y entréguese al Alguacil del Tribunal para que practique la citación ordenada.
LA JUEZ PROVISORIO
DRA. SCARLET RODRIGUEZ PEREZ
EL SECRETARIO
ABG. JONATHAN GUILLEN
En esta misma fecha se libro compulsa y se le entrego al Alguacil del Tribunal a fin que practique la citación.
EL SECRETARIO
ABG. JONATHAN GUILLEN
SRP/JG/mary.-
EXP. Nº 1602/10
Quien suscribe, JONATHAN JESUS GUILLEN F., Secretario del Juzgado Cuarto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas CERTIFICA: Que las copias que anteceden son traslado fiel y exacto tomado de su original, las cuales corren insertas en el Expediente signado con el N° 1602/10, nomenclatura de este Tribunal, contentivo del juicio por DESALOJO, interpuesto por la ciudadana ERCILIA MARTINEZ ZURITA, contra el ciudadano CESAR ALFREDO MORALES JARA. Maiquetía, a los dos (02) de Junio de dos mil diez (2010).-
EL SECRETARIO
ABG. JONATHAN JESUS GUILLEN F.
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO CUARTO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS. Maiquetía, dos (02) de Junio de dos mil diez (2010).-
Años 200º y 151º
SE HACE SABER
Al ciudadano CESAR ALFREDO MORALES JARA, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº V-12.459.644.
Que deberá comparecer por ante éste Tribunal al segundo (2do.) día de Despacho siguiente a la constancia dejada en autos por el Alguacil de este Tribunal de haber practicado citación, en las horas comprendidas de 8:30am a 3:30pm, a fin de que dé contestación a la demanda, en el juicio por DESALOJO, interpuesto por la ciudadana ERCILIA MARTINEZ ZURITA, contra usted, que se sustancia en el Expediente signado con el Nº 1602/10, nomenclatura de este Tribunal.
Dará recibo al Alguacil del Tribunal en prueba de haber sido debidamente citada.
LA JUEZ PROVISORIA,
DRA. SCARLET RODRIGUEZ PEREZ EL SECRETARIO
ABG. JONATHAN JESUS GUILLEN F.