GADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, 18 de agosto del año dos mil nueve.
199º y 150º
Oídas como han sido las declaraciones rendidas por ante este Tribunal por los ciudadanos: SOL KATIUSKA SILVA COLMENARES y MARIO AUGUSTO QUIROGA USECHE, venezolanos mayores de dad titulares de la cedula de identidad Nos V- 12.972.950 y V- 14.872.091, quienes declararon afirmativamente al interrogatorio a que fueron sometidos, por cuanto de autos se comprueba la procedencia de la solicitud hecha por los ciudadanos: JOSE GREGORIO SILVA QUIROZ y ISBELIA COLMENARES DE SILVA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos 6.124.354 y V- 14.872.991, de este domicilio, asistidos por la abogada: JANINA LEIVET PEÑALOZA GUERRERO, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 129.686, este Juzgado Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara las presentes diligencias bastantes y suficientes para asegurarles sus derechos de propiedad a los ciudadanos: JOSE GREGORIO SILVA QUIROZ y ISBELIA COLMENARES DE SILVA, ya identificados, sobre unas mejoras construidas sobre un lote de terreno propio, consistentes en: una casa para habitación, integrada en PRIMERA PLANTA: sala-comedor, cocina, un (01) baño, patio, piso de cerámica y terracota, estacionamiento y portón, con área de construcción ciento setenta y ocho metros con cincuenta y ocho metros cuadrados (178,58 mts2); SEGUNDA PLANTA: (03) habitaciones, (03) baños, techo de machimbre, piso de cerámica y terraza con área de construcción de ciento treinta y tres con cincuenta y dos metros cuadrados (133,52 mts2) El inmueble sobre el cual se encuentran edificadas dichas mejoras, está alinderado así: NORTE: con terreno que son o fueron de José del Carmen Carmona Medina hoy Josefa Antonia Vivas, mide 40 metros; SUR: con la Sucesión de Clímaco Contreras, mide 38 metros; ESTE: con Sucesión de Clímaco Contreras, mide 7 metros con 70 centímetros; y OESTE: con 10 metros de ancho y separada por vereda de 4 metros con 50 centímetros, ubicado en la Aldea Machirí hoy denominado Barrio Bolívar, Municipio San Cristóbal, Estado Táchira y fue adquirido por los solicitantes, ciudadanos: JOSE GREGORIO SILVA QUIROZ y ISBELIA COLMENARES DE SILVA, antes identificada, según documento registrado ante la Oficina Subalterna del Segundo Circuito de Registro Público del Municipio San Cristóbal y Torbes del Estado Táchira, bajo el N° 47, tomo 29, Protocolo 1, tercer trimestre, de fecha 25/08/1997. El costo total referido a estas mejoras fue de CIENTO CINCUENTA MIL BOLIVARES (Bs.150.000,00), según lo declarado por los testigos, ciudadanos SOL KATIUSKA SILVA COLMENARES y MARIO AUGUSTO QUIROGA USECHE. De conformidad con lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, se deja a salvo todo derecho de terceros.- Déjese copia certificada de las actuaciones para el archivo del Tribunal y devuélvase los originales de las mismas al interesado a los fines de su registro.-



ABG. GREGORIO EDECIO PEREZ AGUILAR
JUEZ TEMPORAL





ABG. MARIA ESPERANZA VILLAMIZAR DE GALVIS
SECRETARIA