REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL

CAUSA Nº 4C-5503-09

Visto el escrito presentado por la Fiscalía Séptima del Ministerio Publico del Estado Táchira, mediante el cual solicita se dicte el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA de conformidad con el artículo 318 ordinal 2º del Código Orgánico Procesal Penal, este Tribunal, para emitir el pronunciamiento correspondiente, previamente OBSERVA:

PRIMERO: En fecha 27 de Julio de 2004, se recibe Acta policial, suscrita por el funcionario Distinguido placa 1960 ERASMO VARELA GOMEZ adscrito a la extinta Dirección de seguridad y Orden Público, actual Policía del estado Táchira por medio del cual se deja constancia de que encontrándose de servicio realizando labores de patrullaje preventivo en la Unidad Radio Patrullera Signada con el Nº P-618, en compañía del Funcionario Distinguido Placa 1442 CHIA VILLAMIZAR, en el sector de la población de El Piñal, recibieron un reporte radiofónico por arte del funcionario Distinguido Placa 1674 JOSÉ TORRES centralista de servicio, quien reinformaba que se trasladan a la carrera 7 de ese sector para que verificaran si se estaba cometiendo una Riña, al llegar al referido lugar se presentó un a ciudadana quien se identificó como: MISLEYDI CONTRERAS, quien le informó a la comisión policial que había sido agredida físicamente por el ciudadano JUAN VILLANUEVA quien es su concubino, al saber tal situación procedieron a la detención preventiva del Ciudadano JUAN VILLANUEVA.
SEGUNDO: Practicadas como fueron las diligencias de investigación pertinentes se determinó que la ciudadana MILEYDIS COROMOTO CONTRERAS ARIAS, no se practicó examen forense con el cual pueda determinarse resultado médico legal.

En base a lo anteriormente narrado, consideramos que la victima no se presentó por ante la Medicatura Forense de San Cristóbal para realizarse el RECONOCIMIENTO MEDICO LEGAL, por lo cual, lo procedente en este caso es DECRETAR EL SOBRESEIMIENTO de la causa por haber operado la causal establecida en el artículo 318 ordinal 2º del Código Orgánico Procesal Penal, conforme a la petición fiscal a favor de PERSONA DESCONOCIDA y así se decide.

En consecuencia este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL NÚMERO CUATRO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE: PRIMERO: DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA Nº 4C-5503-09, de conformidad con lo previsto en el artículo 318 ordinal 2º del Código Orgánico Procesal Penal, seguida en contra de JUAN VILLANUEVA, toda vez que el hecho objeto de la investigación no se realizó. SEGUNDO: Una vez cumplido el lapso de Ley, remítase las presentes actuaciones al Archivo Judicial. Diarícese, publíquese y notifíquese de la presente decisión, de conformidad con el articulo 175 del Código Orgánico Procesal Penal.




Abg. CLEOPATRA DEL VALLE AVGERINOS PINEDA
JUEZ CUARTO DE CONTROL



Abg. Eliana Lucía Fernández Peñaloza
Secretaria
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.-
CAUSA Nº 4C-5503-09.
Sria-