REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL. SAN ANTONIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control de San Antonio del Táchira
San Antonio del Tachira, 19 de Marzo de 2010
199º y 151º

ASUNTO PRINCIPAL : SP11-P-2010-000373
ASUNTO : SP11-P-2010-000373

AUTO MOTIVADO DE PRORROGA
Por recibido y vista la solicitud de prorroga hecha por el Abg. YOLANDA ELENA PARADA, en representación de la Fiscalía 25 del Ministerio Público, en razón de lo establecido en el articulo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, el cual establece que el Ministerio Publico en caso de requerir un lapso adicional al de treinta días para presentar el acto conclusivo solicitara de manera fundada una prorroga, la cual será resuelta por el Juez dentro de los tres días siguientes. En razón de ello la Fiscalía 25 del Ministerio Publico ha solicitado el lapso de quince días, de conformidad con lo previsto en los artículos 250 del Código Orgánico Procesal Penal, con ocasión a la causa penal llevada en contra de la ciudadana IRIS ESMERALDA HIDALGO RODRIGUEZ, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, natural de Caracas, Distrito Capital, nacida en fecha 04 de Febrero de 1970, de 40 años de edad, titular de la cédula de identidad No. V-9.467.045, soltera, hija de María Albertina Rodríguez (v) y de Alamares Hidalgo Chavez (v) de profesión u oficio funcionario público, residenciada en la avenida principal Unidad Vecinal, antigua sede de Inavi; sede de la DISIP San Cristóbal Estado Táchira, teléfono 0414-7229278, por estar incursa en la presunta comisión del delito SECUESTRO EN GRADO DE COMPLICIDAD, previsto y sancionado 1 en concordancia con el artículo 11 de la novísima Ley Antisecuestro.


En tal sentido se revisa el petitorio hecho por el Ministerio Publico en el cual solicita un lapso de quince días, en razón de que no ha culminado con la investigación por cuanto aun faltan realizar entre ellas , entrevistas a funcionarios de la DISIP, reconocimientos de voz y otras diligencias pertenecientes a la investigación, para proceder a dictar y transcribir el acto conclusivo que corresponda, así mismo verificado que dicha solicitud fue realizada ante el Tribunal dentro del lapso de cinco días antes del vencimiento de treinta días para presentar el acto conclusivo, en tal sentido a los fines de culminar con la fase preparatoria, este Tribunal acuerda el lapso de quince (15) días continuos, contados a partir del día de 25-03-2010, de conformidad con lo establecido en el cuarto y quinto aparte del artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal; y así se decide.
DISPOSITIVA
ESTE TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, EXTENSION SAN ANTONIO DEL TACHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY:
UNICO: ADMITE LA SOLICITUD DE PRORROGA para presentar el acto conclusivo ciudadana IRIS ESMERALDA HIDALGO RODRIGUEZ, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, natural de Caracas, Distrito Capital, nacida en fecha 04 de Febrero de 1970, de 40 años de edad, titular de la cédula de identidad No. V-9.467.045, soltera, hija de María Albertina Rodríguez (v) y de Alamares Hidalgo Chavez (v) de profesión u oficio funcionario público, residenciada en la avenida principal Unidad Vecinal, antigua sede de Inavi; sede de la DISIP San Cristóbal Estado Táchira, teléfono 0414-7229278, por estar incursa en la presunta comisión del delito SECUESTRO EN GRADO DE COMPLICIDAD, previsto y sancionado 1 en concordancia con el artículo 11 de la novísima Ley Antisecuestro, por el lapso de QUINCE (15) DÍAS CONTINUOS, contados a partir del día 25-03-2010, de acuerdo al computo llevado por esa representación fiscal.
Es todo terminó, se leyó y conformes firman, notifíquese las partes de la presente resolución.




ABG. ESTEBAN RAMON QUINTERO
JUEZ PRIMERO DE CONTROL.


ABG.
SECRETARIO