CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO VARGAS

TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION
SEGUNDO DE EJECUCION
Macuto, 1º de marzo de 2010
199º y 151º

ASUNTO PRINCIPAL : WP01-S-2004-005801
2E-2187-10

Compete a este tribunal emitir pronunciamiento en la presente causa seguida en contra del ciudadano ESTERLIN RAFAEL SOLORZANO, quien es de nacionalidad venezolana, natural de Caracas, nacido el 02-04-1973, identificado con cédula de identidad Nº 10.800.443, de estado civil soltero, de profesión u oficio chofer, residenciado en la Urbanización Terrazas de Ingenio, calle principal, Town house 01 calle 01, Guatire, estado Miranda, contra quien se llevó juicio por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUOTOMOTOR, previsto y sancionado en el articulo 5 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehiculo
En este sentido este tribunal observa:
Cursa a los folios 42 al 52 de la séptima pieza del expediente, sentencia dictada por el Tribunal Tercero de Primera Instancia en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas de fecha 15-12-2009, mediante la cual ABSOLVIO al ciudadano ESTERLIN RAFAEL SOLORZANO de la acusación formulada en su contra por la Fiscalía Cuarta del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUOTOMOTOR, previsto y sancionado en el articulo 5 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehiculo, por considerar que no existen elementos suficientes de convicción procesal que demuestren su culpabilidad y subsiguiente responsabilidad penal, pronunciamiento que fue declarado definitivamente firme por el referido Tribunal de Juicio, mediante auto de fecha 22-01-2010.
Así las cosas, este Tribunal de Ejecución estima procedente y ajustado a derecho decretar la LIBERTAD PLENA, del mencionado ciudadano y ORDENAR excluir de pantalla cualquier registro que presente en relación a esta causa. Y ASI SE DECIDE.

DISPOSITIVA

En base a lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en Función Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la Republica y por autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD PLENA del ciudadano ESTERLIN RAFAEL SOLORZANO, antes identificado, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUOTOMOTOR, previsto y sancionado en el articulo 5 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehiculo, en virtud de haberse dictado sentencia absolutoria a su favor, en fecha 15-12-2009 de la imputación efectuada en su contra por el Ministerio Público.
Regístrese, diarícese, publíquese, déjese copia en archivo y notifíquese la presente decisión. Líbrese oficio a la Consultoría Jurídica de Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas ordenando la exclusión de los registros que por este hecho pueda presentar el ciudadano ESTERLIN RAFAEL SOLORZANO.
EL JUEZ,


JUAN FERNANDO CONTRERAS
LA SECRETARIA,


ABG. MARINELY MARTINEZ


En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado en la anterior sentencia.

LA SECRETARIA,

ABG. MARINELY MARTINEZ