REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE MUNICIPIO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.
Maiquetía, 16 de Marzo de 2010
199° y 151°
Visto el libelo de la demanda y los recaudos acompañados, no es contrario al orden público, a las buenas costumbres ni a ninguna disposición expresa de la ley este Tribunal la admite. En consecuencia se ordena el emplazamiento del ciudadano: JOSE GILBERTO OROZCO, venezolano, mayor de edad, divorciado, de este domicilio y titular de la cedula de identidad N° V-5.682.884, para que comparezca por ante este juzgado dentro de los veinte (20) días de despacho siguientes a la constancia en autos de haberse practicado su citación, con el objeto de dar contestación a la demanda que por PARTICION Y LIQUIDACION, incoara en su contra la ciudadana: ALEIKA YDALI JIMENEZ. Ello de conformidad con el artículo 344 del Código de Procedimiento Civil. Dicha comparecencia deberá ser dentro de las horas de despacho, es decir de 8:00 a.m. a 1:00 p.m., en acatamiento a la Resolución Nº 2010-0001, dictada por el Tribunal Supremo de Justicia, de fecha 14/01/2010 en la que se estableció horario temporal Líbrese compulsa y con su respectivo auto de comparecencia al pie, entréguense al alguacil encargado de practicar la citación ordenada. En cuanto a la Medida Preventiva de embargo Preventivo solicitada en el escrito libelar, el Tribunal proveerá lo conducente por auto y cuaderno separado.
LA JUEZ,

NAHIROBY C. BOSCAN P.
LA SECRETARIA

ELIA GONZALEZ
En esta misma fecha se libró la orden de comparecencia a la parte demandada y se insta a la parte actora a consignar copias fotostáticas del libelo de demanda, a los fines de la elaboración de la compulsa. Asimismo se ordena abrir cuaderno de medidas.
LA SECRETARIA

ELIA GONZALEZ
NCBP/Eg/David
Exp. Nº 1282-09
ELIA GONZALEZ, Secretaria del Juzgado Tercero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, CERTIFICA: Que las copias que anteceden son fotocopia fiel y exacta de sus originales que corren insertos en el expediente Nº 1282-09, contentivo del juicio que por PARTICION Y LIQUIDACION, incoara la ciudadana: ALEIKA YDALI JIMENEZ, contra el ciudadano: JOSE GILBERTO OROZCO, las cuales se reproducen en conformidad con el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil. Maiquetía, 16 de Marzo de 2010.-
LA SECRETARIA
ELIA GONZALEZ
JUZGADO TERCERO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS. Maiquetía, 16 de Marzo de 2010.-
Años: 199° y 151°
S E H A C E S A B E R:
Al ciudadano: JOSE GILBERTO OROZCO, venezolano, mayor de edad, divorciado, de este domicilio y titular de la cedula de identidad N° V-5.682.884, parte demandada, que deberá comparecer por ante este Juzgado dentro de los veinte (20) días de despacho siguientes a la constancia en autos de haberse practicado su citación, dicha comparecencia deberá ser dentro de las horas de despacho, es decir de 8:00a.m a 1:00 p.m., con el objeto de dar contestación a la demanda que por PARTICION Y LIQUIDACION, incoara la ciudadana: ALEIKA YDALI JIMENEZ, en su contra. Dará recibo al Alguacil de este Tribunal en prueba de haber quedado citado para el acto antes mencionado.-
LA JUEZ
NAHIROBY C. BOSCAN P.
LA SECRETARIA
ELIA GONZALEZ

NCBP/Eg/David
Exp. Nº 1286-09


REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS. Maiquetía, 16 de Marzo de 2010.
Años: 199° y 151°
Ordenado como ha sido por auto de esta misma fecha se abre el presente cuaderno de medidas y vista la solicitud formulada por la parte demandante en el escrito libelar, referida a que sea decretada MEDIDA DE EMBARGO PREVENTIVO, y en consecuencia se oficie a la Comandancia General de la Guardia Nacional Bolivariana, notificando dicha medida, este Tribunal a los fines de hacer un pronunciamiento sobre la Medida solicitada, ordena librar oficio a la Comandancia General de la Guardia Nacional Bolivariana, a los fines de que nos informe si el ciudadano JOSE GILBERTO OROZCO, mayor de edad, divorciado, Sargento Mayor, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-5.682.884, es acreedor de Prestaciones Sociales en dicha Institución Castrense, en caso afirmativo sirva informar en forma detallada del calculo y monto de la misma.
LA JUEZ
NAHIROBY C. BOSCAN P.
LA SECRETARIA
ELIA GONZALEZ
En esta misma fecha se libro oficio Nº __________.-
LA SECRETARIA
ELIA GONZALEZ


NCBP/Eg/David
Exp. Nº 1282-09




REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
Maiquetía, 16 de Marzo de 2010
Años: 199° y 151°
Oficio Nº _________.-
Ciudadano
COMANDANTE GENERAL DE LA GUARDIA
NACIONAL BOLIVARIANA
Su despacho.-

Mediante el presente oficio, que éste Tribunal por auto de esta misma fecha, dictado en el expediente Nº 1282-09, contentivo del juicio de PARTICION Y LIQUIDACION, interpuesto por la ciudadana: ALEIKA YDALI JIMENEZ contra el ciudadano: JOSE GILBERTO OROZCO, acordó solicitar su valiosa colaboración, a los fines de que nos informe si el ciudadano: JOSE GILBERTO OROZCO, mayor de edad, divorciado, Sargento Mayor, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-5.682.884, es acreedor de Prestaciones Sociales en dicha Institución Castrense, en caso afirmativo sirva informar en forma detallada del calculo y monto de la misma.
Participación y solicitud que se le hace, a los fines legales consiguientes.
DIOS Y FEDERACION
LA JUEZ

NAHIROBY C. BOSCAN P.
NCBP/Eg/David
Exp. Nº 1282-09

“Construyendo un Estado Democrático y Social de Derecho y de Justicia”