REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE MUNICIPIO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO CUARTO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS

Maiquetía, 16 de marzo de 2010
199° y 151°

Por recibida la presente demanda de DESALOJO, en virtud del sorteo de distribución efectuado, y los recaudos consignados como fundamento de la misma, presentada por los ciudadanos MIRIAM ORTEGA APONTE y CARLOS ALFONZO MARAPACUTO, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-4.557.033 y 3.609.859 respectivamente, debidamente asistidos por la abogada DELIA MERCEDES LEON COVA, abogada en ejercicio, de este domicilio e inscrita en el Inpreabogado Nro 78.291, el Tribunal, de conformidad con lo establecido en el Artículo 33 de la Ley de Arrendamiento Inmobiliarios, la admite cuanto ha lugar en derecho, en consecuencia, emplácese a la parte demandada, ciudadano YOANDRIZ HERNANDEZ, venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nº 13.968.778, para que comparezca por ante este Tribunal al segundo (2°) día de Despacho siguiente a la constancia dejada por el Alguacil de haber practicado su citación, en las horas comprendidas de 8:00am a 1:00 p.m., en virtud de lo establecido en la Resolución Nº 2010/001, de fecha 14 de enero de 2010, emanada del Tribunal Supremo de Justicia, a fin de que de contestación a la demanda conforme a lo establecido en el Artículo 35 ejusdem. Compúlsese el libelo de la demanda con la orden de comparecencia al pie y entréguese al Alguacil del Tribunal para que practique la citación ordenada.
LA JUEZ PROVISORIO

DRA. SCARLET RODRIGUEZ PEREZ
EL SECRETARIO

ABG. JONATHAN GUILLEN
En esta misma fecha se deja constancia que no se libró compulsa por cuanto la parte actora no ha suministrado los fotostatos respectivos para su elaboración.
EL SECRETARIO

ABG. JONATHAN GUILLEN

SRP/JG/mary.-
EXP. Nº 1557/10