REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE MUNICIPIO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS

Maiquetía, 03 de Marzo de 2010
199° y 151°

Vista la diligencia anterior suscrita por el ciudadano RAFAEL SANCHEZ, titular de la Cédula de Identidad Nº 5.578.424, debidamente asistido por la Abogado FEIZA TAUIL, abogada en ejercicio, de este domicilio e inscrita en el Inpreabogado Nº 36.011, dando cumplimiento a lo requerido en el auto de fecha 09/02/2010, este Tribunal admite cuanto ha lugar en derecho de conformidad con lo establecido en el Artículo 33 de la Ley de Arrendamiento Inmobiliarios. En consecuencia, emplácese a la parte demandada, ciudadano: JOSE GREGORIO VASQUEZ REYES, titular de la Cédula de Identidad Nro. 11.751.495, para que comparezca por ante este Tribunal al segundo (2º) día de Despacho siguiente a la constancia de haberse practicado la citación, dentro de las horas comprendidas entre las 8:00am a 1:00pm, en virtud de lo establecido en la Resolución Nº 2010/001, de fecha 14 de enero de 2010, emanada del Tribunal Supremo de Justicia, a fín de que de contestación a la demanda conforme a lo establecido en el Artículo 35 esjudem. Compúlsese el libelo de la demanda con la orden de comparecencia al pie y entréguese al Alguacil del Tribunal para que practique la citación ordenada.
LA JUEZ PROVISORIO

DRA. SCARLET RODRIGUEZ PEREZ
EL SECRETARIO

ABG. JONATHAN JESUS GUILLEN F.
En esta misma fecha se deja constancia que no se libró compulsa por cuanto la parte actora no ha suministrado los fotos tatos respectivos para su elaboración.
EL SECRETARIO

SRP/JJGF/mary
EXP. Nº 1525/10