ACTA

N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2008-001847

PARTE ACTORA: DANY BENAVIDES

ABOGADA ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA: Abogada Wendy Echeverría, Inpreabogado N° 114.165.

PARTE DEMANDADA: AEROPOSTAL ALAS DE VENEZUELA, C.A.

APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: Abogada Fanny Velarde y Maria Fabiola Kibbe, Inpreabogados N° 18.154 y 85.265 respectivamente.

MOTIVO: Prestaciones Sociales

En el día hábil de hoy, 22 de Marzo de 2010, siendo las 8:49 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen el ciudadano DANY BENAVIDES en su carácter de parte actora asistido por la abogada Wendy Echeverría en su condición de Procuradora de Trabajadores y AEROPOSTAL ALAS DE VENEZUELA en su carácter de parte demandada, debidamente representada por la apoderada judicial abogada Fanny Velarde, quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, la demandada pagará al demandante el día 22/04/10 en la sede del Tribunal la cantidad de tres mil bolívares (Bs. 3.000,00) con este pago se dan por cancelados los siguientes conceptos reclamados en el libelo: antigüedad, vacaciones fraccionadas, utilidades fraccionadas, honorarios profesionales de abogado, corrección monetaria y intereses de prestaciones sociales. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Se da por terminado el presente asunto y se ordena no archivar hasta tanto no conste la totalidad del pago acordado. Se regresan a la parte actora sus escritos de pruebas y sus respectivos anexos.

El Juez

Abog. Antonio Barroso

La Secretaria

Los Presentes: