REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS

Maiquetía, dieciocho (18) de Marzo del dos mil diez (2010)
199° y 151°

ASUNTO N° WP11-L-2010-000019


Visto que como consecuencia del incumplimiento de la parte demandada al acuerdo de fecha dieciocho (18) de febrero del año dos mil diez (2010), este Tribunal, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a lo dispuesto en los Artículos 180 y 181 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, Procede a la Ejecución Forzosa. Se Decreta Medida de Embargo Ejecutivo sobre bienes propiedad de la parte demandada, hasta cubrir la cantidad de Veintidós Mil Quinientos Cincuenta y Nueve Bolívares con Sesenta Céntimos (Bs.22.559,60), que comprende el doble de la suma acordada Nueve Mil Ochocientos Ocho Bolívares con Cincuenta y Dos Céntimos (Bs. 9.808,52), mas la cantidad de Dos Mil Novecientos Cuarenta y Dos Bolívares con Cincuenta y Seis Céntimos (Bs.2.942,56) correspondientes al 30 % por costas de ejecución solo en caso de practicarse la medida. En caso de embargar cantidades líquidas de dinero el embargo será por la cantidad de Doce Mil Setecientos Cincuenta y Un Bolívares con Ocho Céntimos (12.751,08), correspondientes a la suma acordada a pagar Nueve Mil Ochocientos Ocho Bolívares con Cincuenta y Dos Céntimos (Bs. 9.808,52), mas, Dos Mil Novecientos Cuarenta y Dos Bolívares con Cincuenta y Seis Céntimos (Bs.2.942, 56) correspondientes al 30 % por costas de ejecución solo en caso de practicarse la medida. Este Tribunal fija como oportunidad para la práctica de la medida el día quince (15) de abril del año dos mil diez (2010) a las nueve de la mañana (09:00 a.m.). Cúmplase lo ordenado.
LA JUEZ

Dra. GIOCONDA CACIQUE
El SECRETARIO

Abg. WILLIAM SUÁREZ

Partes: LUIS ALBERTO ROJAS SÁNCHEZ vs.AVIOR AIRLINES, C.A.
Motivo: CALIFICACIÓN DE DESPIDO.
GCM/WS/PABLO
WP11-L-2010-000019