REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO
Maiquetía, miércoles cinco (05) de mayo del dos mil diez (2010)
200° y 151°

ACTA

Nº DE EXPEDIENTE: WP11-L-2010-000077
PARTE ACTORA: DOUGLAS JOSE SALAZAR, Venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de Identidad Nº 6.488.417.
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: REBECA ALBARRACIN MARQUEZ, Abogada en ejercicio, inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 61.846.
PARTE DEMANDADA: “INVERSIONES 2206, C.A.”
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: JOSE ALBERTO CALDERON, Abogado en ejercicio, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 60.931.
MOTIVO: CALIFICACION DE DESPIDO.

En el día hábil de hoy, miércoles cinco (05) de mayo del dos mil diez (2010), siendo las nueve (09:00 a. m.) horas de la mañana, día y hora fijados para que tenga lugar el inicio de la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma los ciudadanos: DOUGLAS JOSE SALAZAR, REBECA ALBARRACIN MARQUEZ y JOSE ALBERTO CALDERON, plenamente identificados. PRIMERO: Luego de iniciado el acto, ambas partes expresan que han llegado a un acuerdo conciliatorio en la presente causa. A continuación, el representante judicial de la parte demandada ofrece cancelarle al extrabajador demandante, la cantidad de CUARENTA MIL BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs. 40.000,00), por la labor prestada en el lapso comprendido entre el 01 de julio del 2006, hasta el día 18 de febrero de 2010, Último Salario mensual: Bs. 2.935,60, Cargo desempeñado: Operador.

CONCEPTOS MONTOS
Indemnización por despido Art. 125 LOT Bs. 17.018,46
Preaviso Art. 125 LOT Bs. 8.509,23
Antigüedad Art. 108 LOT, 216,00 días Bs. 14.107,31
Bonificación Especial Bs. 11.761,94
Vacaciones fraccionadas, Cláusula 42 Bs. 3.221,94
Utilidades fraccionadas, Cláusula 43 Bs. 5.266,64
Intereses Prestaciones Sociales 2009 Bs. 1.256,00
Total prestaciones Sociales Bs. 61.141,52
Adelanto de Prestaciones Sociales Bs. 18.590,92
Preaviso en liquidación final Bs. 2.550,60
Total a pagar: Bs. 40.000,00

Dichos Conceptos suman la cantidad de CUARENTA MIL BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs. 40.000,00), el cual será cancelado el día lunes siete (07) de junio del presente año, mediante cheque a nombre del ciudadano DOUGLAS JOSE SALAZAR, por la cantidad de Bs. 40.000,00, por ante la sede de este Circuito Judicial, dejando constancia de dicho pago en el expediente. Seguidamente, la parte demandante acepta y conviene que con el pago ofertado, quedan satisfechos todos los conceptos laborales enunciados anteriormente, no quedando a deber ni estos ni ningún otro concepto derivado del vínculo laboral que los unió. SEGUNDO: Este Tribunal, visto que la mediación ha sido positiva de conformidad con lo establecido en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el proceso y por cuanto no han sido vulnerados derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efecto de Cosa Juzgada. Asimismo, se deja expresa constancia que las pruebas aportadas por las partes al inicio de la Audiencia Preliminar, les han sido devueltas. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ,

DRA. IMPERIO SALAZAR YEPEZ

PARTE ACTORA,


APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA,


APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA,


LA SECRETARIA,

ABG. ROSANGEL LUY
Exp. Nº WP11-L-2010-000077