REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN
Visto el informe de la Unidad Técnica de Apoyo del Estado Táchira, mediante el cual envía INFORME FINAL, del penado JUAN CARLOS HERNANDEZ RAMIREZ quien se encontraba cumpliendo régimen bajo el Beneficio de SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA PENA otorgado en fecha 17 de Septiembre de 2009 por el lapso de UN AÑO, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 493 del Código Orgánico Procesal Pena
Observa esta juzgadora que aun no trascurrido el tiempo por el cual se impuso el beneficio, es decir no ha pasado el tiempo de cumplimiento e las condiciones, ya que este fue otorgado el 17- 09-09 y el informe tiene fecha de 23- 04-10, es decir que contando desde la fecha del otorgamiento del beneficio solo han trascurrido 06 meses y unos días.
Por todos los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD, DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE:
ÚNICO: DECLARA SIN LUGAR LA EXTINCION DE LA CUASA, y en consecuencia ordena se cite al penado JUAN CARLOS HERNANDEZ RAMIREZ, a fin de que se presente para informarle que debe continuar cumpliendo las condiciones por el tiempo que le resta. Así mismo se ordena oficia a la Unidad Técnica de Apoyo a fin de instarla para que remita los informes finales cuando ya haya trascurrido el tiempo impuesto para el cumplimiento del beneficio.
REGISTRESE Y DEJESE COPIA.
Abg. ISBETH SUAREZ BERMUDEZ.
JUEZ TERCERO DE EJECUCIÓN
Abg. MARIA TRINIDAD SAENZ MARCHAN
SECRETARIA
CASUSA 3E-27521