REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE EJECUCIÓN

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia en lo
Penal en Funciones de Ejecución del Estado Vargas
Macuto, 18 de Mayo de 2010
200º y 151º


ASUNTO PRINCIPAL : WP01-P-2009-006171
ASUNTO : WP01-P-2009-006171


Compete a este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución de este Circuito Judicial Penal, emitir pronunciamiento en la presente causa seguida en contra del ciudadano WALTER EDDIG DELGADO YANEZ, de nacionalidad venezolana, natural de La Guaira, de 21 años de edad, de estado civil soltero, hijo de Luis Delgado (v) y de Yuraima Yánez (v) domiciliado en la urbanización Playa Grande, Residencias Los Delfines, Torre D, Apartamento 2-6, Catia La Mar Estado Vargas, titular de la cédula de identidad N° V-18.754.837, Estado Vargas a quien se le siguió juicio por la comisión del delito del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal vigente.

En este sentido este Tribunal previamente observa:

Cursa a los folios (31 al 34) sentencia publicada por el Tribunal Unipersonal Cuarto de Primera Instancia en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, en fecha 22 de Mayo de 2009, mediante la cual ABSUELVE al ciudadano WALTER EDDID DELGADO YANEZ de la acusación formulada en su contra por la Representación de la Fiscalía Primera del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal vigente, por considerar que no existían elementos suficientes de convicción procesal que demostraran la culpabilidad y subsiguiente responsabilidad penal del imputado en los hechos señalados, pronunciamiento que fue declarado definitivamente firme por el citado Tribunal, mediante auto de fecha 09 de Junio de 2009

Así las cosas, este Tribunal de Ejecución estima procedente y ajustado a derecho decretar la LIBERTAD PLENA, del mencionado ciudadano y ORDENAR su exclusión de pantalla cualquier registro policial que se presente en relación a esta causa y ASÍ SE DECIDE.
DISPOSITIVA


En base a lo anteriormente expuesto este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la Republica y por autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD PLENA al ciudadano WALTER EDDIG DELGADO YANEZ, de nacionalidad venezolana, natural de La Guaira, de 21 años de edad, de estado civil soltero, hijo de Luis Delgado (v) y de Yuraima Yánez (v) domiciliado en la urbanización Playa Grande, Residencias Los Delfines, Torre D, Apartamento 2-6, Catia La Mar Estado Vargas, titular de la cédula de identidad N° V-18.754.837, a quien se le siguió juicio por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto en el artículo 458 del Código Penal vigente, en virtud de haber dictado el Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal, sentencia absolutoria a su favor, en fecha 05 de marzo de 2010.

Regístrese, Diarícese, publíquese, déjese copia en archivo y notifíquese la presente decisión. Líbrese oficio a la Consultoría Jurídica de Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminológicas ordenando la exclusión de los registros que por este hecho pueda presentar el ciudadano WALTER EDDID DELGADO YANE
LA JUEZ DE EJECUCION,


ABG. YOLEXSI URBINA MARTINEZ
LA SECRETARIA,


ABG. ELFFY VINCENTI