REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO VARGAS
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION
SEGUNDO DE EJECUCION
Macuto, 08 de abril de 2010
199º y 151º
ASUNTO PRINCIPAL : WP01-P-2007-004188
2E-2224-10
LIBERTAD PLENA POR CUMPLIMIENTO DE PENA
Compete a este tribunal, de conformidad con lo establecido en el artículo 479, numeral 1° del Código Orgánico Procesal Penal, emitir pronunciamiento en la presente causa seguida en contra del ciudadano LEYDA ANGEL DE NIÑO o (ANA JUAQUINA MERIÑO VILORIA), identificada con cédula de identidad Nº 7.509.856, quien es de nacionalidad venezolana, nacida el 05-02-1958, de profesión u oficio buhonera, residenciada en la urbanización El Centro, calle Palo Negro, Nº 31, Maracay, estado Aragua, quien fue condenada mediante sentencia definitivamente firme dictada por el Juzgado Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas en fecha 18-11-2008, mediante la cual fue condenada a cumplir la pena de DOS AÑOS (02) Y SEIS (06)) MESES DE PRISION por la comisión del delito de TRANSPORTE ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, tipificado en el articulo 31, tercer aparte de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, la cual fue debidamente ejecutada según computo practicado en fecha 12 de febrero del año 2009, y de acuerdo al cómputo de cumplimiento, la misma cumplió efectivamente su condena el día 13-04-2010.
A tal efecto se observa:
La ciudadana LEYDA ANGEL DE NIÑO o (ANA JUAQUINA MERIÑO VILORIA) fue condenado a cumplir la pena SEIS (06) AÑOS DE PRISION, la cual cumplió el día 13 de abril de 2010, según cómputo que corre a los folios 114 al 116 de la segunda pieza del expediente.
En atención a los razonamientos expuestos, este tribunal estima procedente y ajustado a derecho DECRETAR LA LIBERTAD PLENA de la ciudadana LEYDA ANGEL DE NIÑO o (ANA JUAQUINA MERIÑO VILORIA), por cumplimiento de la totalidad de la pena impuesta. Ahora bien, considerando que la mencionada ciudadana se encuentra cumpliendo pena según expediente Nº WP01-P-2004-000464 llevado por ante este Despacho Judicial, no será librada boleta de excarcelación. Y ASI SE DECIDE.
DISPOSITIVA
En virtud de la precedentemente expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en Función Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD PLENA de la ciudadana LEYDA ANGEL DE NIÑO o (ANA JUAQUINA MERIÑO VILORIA), antes identificada, por cumplimiento de la totalidad de la pena impuesta. Todo de conformidad con lo contemplado en el artículo 479, numeral 1º del Código Orgánico Procesal Penal.
Notifíquese a las partes. Ofíciese a la Dirección Nacional de Servicios Penitenciarios del Ministerio del Poder Popular para las Relaciones Interiores y Justicia.
Regístrese, publíquese, diarícese, notifíquese, déjese copias y líbrense los oficios correspondientes.
EL JUEZ,
JUAN FERNANDO CONTRERAS
LA SECRETARIA,
ABG. YUMAIRA REQUENA
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.
LA SECRETARIA,
ABG. YUMAIRA REQUENA
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