REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO CUARTO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO VARGAS
199º y 150º


SOLICITUD Nª Nº 2708/10
SOLICITANTE:
AIDA ROMERO viuda de CAMACHO, actuando en su propio nombre y en representación de sus hijos: DENYS JESUS CAMACHO ROMERO, GARY ANTONIO CAMACHO ROMERO, VILMA DE JESUS CAMACHO ROMERO y ELBA JOSEFINA CAMACHO ROMERO..
MOTIVO: UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.

ABOGADO ASISTENTE:
MIGUEL A. MADERA ROMERO.

DECISIÓN INTERLOCUTORIA

I
NARRATIVA

Presentada la anterior solicitud en fecha 25 de Febrero de 2010, por la ciudadana: AIDA ROMERO viuda de CAMACHO, actuando en su propio nombre y en representación de sus hijos: DENYS JESUS CAMACHO ROMERO, GARY ANTONIO CAMACHO ROMERO, VILMA DE JESUS CAMACHO ROMERO y ELBA JOSEFINA CAMACHO ROMERO, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-5.095.417, V-10.584.416, V-11.057.230, V-11.057.322 y V-11.062.762, respectivamente, debidamente asistidos por el profesional del derecho MIGUEL MADERA ROMERO, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 70.677, previa distribución de solicitudes ante el Juzgado Distribuidor en esta Circunscripción, fue asignada a este Juzgado, dándosele entrada en fecha 26 de Febrero de 2010, por lo que previa consignación de los documentos fundamentales de la solicitud, se admitió por auto de fecha 08 de Abril de 2010, fijándose oportunidad para la declaración de los testigos que la postulante presentara al Tribunal.





II
MOTIVACIÓN

La ciudadana antes identificada AIDA ROMERO viuda de CAMACHO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº. V-5.095.417, actuando en su propio nombre y en representación de sus hijos ciudadanos DENYS JESUS CAMACHO ROMERO, GARY ANTONIO CAMACHO ROMERO, VILMA DE JESUS CAMACHO ROMERO y ELBA JOSEFINA CAMACHO ROMERO, solicitó que le sean declarados Únicos y Universales Herederos del causante TOMAS CAMACHO, fallecido en fecha 30/12/2009, en el C.D.I. de la Parroquia Caruao. Municipio Vargas.

A dichos efectos la solicitante consignó los siguientes documentos:

1. Copia de la Cédula de Identidad de la solicitante AIDA ROMERO viuda de CAMACHO y copia certificada de su Acta de Matrimonio, signada con el Nº 09, folio 11vto, de fecha 15/08/1965, llevados en los Libros para Matrimonios del Registro Civil de la Parroquia Caruao, del Municipio Vargas del Estado Vargas. (folios 5 al 8).
2. Copia de la Cédula de Identidad de la solicitante AIDA ROMERO viuda de CAMACHO y copia certificada de su Acta de Matrimonio, signada con el Nº 09, folio 11vto, de fecha 15/08/1965, llevados en los Libros para Matrimonios del Registro Civil de la Parroquia Caruao, del Municipio Vargas del Estado Vargas. (folios 5 al 8).
3. Copia de la Cédula Identidad del causante ciudadano TOMAS CAMACHO, y de su Acta de Defunción signada con el Nº 034, folio 018, de fecha 31/12/2009, anotada en los libros para Defunción, llevados en los Archivos del Quinto Circuito de Registro Civil de la Parroquia Caruao, del Municipio Vargas del Estado Vargas y expedida por ante la Dirección General de Atención y Participación Ciudadana Dirección de Registro Civil de la Alcaldía del Municipio Vargas, en fecha 01/01/2010 (Folios 9 y 10).
4. Copia de la Cédula de Identidad del ciudadano DENNYS JESUS CAMACHO ROMERO y Copia Certificada de su Acta de Nacimiento, asentada bajo el Nº 123, folio 62, de fecha 09/12/1969, correspondiente a la Jefatura Civil de la Parroquia Caruao, Departamento Vargas del Distrito Federal, expedida en fecha 20/07/2001. (Folios 11 y 12).
5. Copia de la Cédula de Identidad del ciudadano GARY ANTONIO CAMACHO UGUETO y Copia Certificada de su Acta de Nacimiento, asentada bajo el Nº 29, folio 15, de fecha 02/03/1971, correspondiente a la Jefatura Civil de la Parroquia Caruao, Municipio Vargas del Estado Vargas, expedida en fecha 20/06/2007. (Folios 13 y 14).





6. Copia de la Cédula de Identidad de la ciudadana VILMA DE JESUS CAMACHO ROMERO, y Copia Certificada de su Acta de Nacimiento, asentada bajo el Nº 1.091, folio 51, de fecha 10/05/1967, correspondiente a la Jefatura Civil de La Guaira, Municipio Vargas del Estado Vargas, expedida por la misma jefatura en fecha 05/08/2004. (Folios 15 y 16).
7. Copia de la Cédula de Identidad de la ciudadana ELBA JOSEFINA CAMACHO ROMERO y Copia Certificada de su Acta de Nacimiento, asentada bajo el Nº 2, folio 179vto, de fecha 26/08/1968, correspondiente a la Jefatura Civil de la Parroquia San Juan, Departamento Libertador del Distrito Federal, expedida por ante el Registro Civil de la Parroquia San Juan, en fecha 23/02/2010. (Folios 17 y 18).

Los documentos mencionados en los numerales del 1 al 6, son de carácter público conforme a lo previsto en el Artículo 1357 del Código Civil, por lo que prestan para esta instancia todo el valor probatorio que de su contenido se desprende, evidenciándose por una parte del Acta de Defunción, inserta al folio 10, el fallecimiento del ciudadano TOMAS CAMACHO, del Acta de Matrimonio consignada por la solicitante y de las partidas de Nacimientos de sus representados, se pudo determinar la filiación del causante con su esposa ciudadana AIDA ROMERO viuda de CAMACHO y sus hijos, ciudadanos:: DENYS JESUS CAMACHO ROMERO, GARY ANTONIO CAMACHO ROMERO, VILMA DE JESUS CAMACHO ROMERO y ELBA JOSEFINA CAMACHO ROMERO. Igualmente, en la oportunidad fijada para ello, se evacuaron las testimoniales de los ciudadanos: DIAZ CASTRO CLARIMAS DEL VALLE y UGAS BRAVO JOSE LUIS, titulares de las Cédulas de Identidad Nos: V-10.577.773 y V-11.635.571, respectivamente, quienes contestaron afirmativamente a su interrogatorio. Estos testigos fueron contestes en sus declaraciones, no incurrieron en exageraciones en sus respuestas, por lo que prestan para este Tribunal todo el valor probatorio que se desprende sobre la existencia del vínculo y la filiación que unía a la solicitante y sus representados, como esposa e hijos del causante.
Ahora bien, estudiado el caso cuestionado con las probanzas evacuadas, este Tribunal las considera suficientes para declarar la cualidad de Únicos y Universales Herederos que se acredita a la solicitante y sus hijos ampliamente identificados, así se dictaminará en el decreto de esta decisión. Así se establece.

III
DECISION
Ante los razonamientos expuestos, vista la solicitud presentada por la ciudadana: AIDA ROMERO viuda de CAMACHO, actuando en su propio nombre y en representación de sus hijos: DENYS JESUS CAMACHO ROMERO, GARY ANTONIO CAMACHO ROMERO, VILMA DE JESUS CAMACHO ROMERO y ELBA JOSEFINA CAMACHO ROMERO., antes identificados, este Tribunal resuelve: "Declarar bastante y suficientes las probanzas evacuadas para asegurarle a los ciudadanos: antes mencionados, la cualidad de ÚNICOS y UNIVERSALES HEREDEROS, en sus condición de esposa e hijos del ciudadano: TOMAS CAMACHO, con vocación hereditaria y

derechos sobre el acervo de bienes quedantes al fallecimiento del de cujus. Todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, y al Principio Constitucional de Tutela Judicial Efectiva contenido en el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, dejando a salvo los derechos de terceros.
Devuélvase originales con sus resultas a la parte interesada, previa certificación por secretaría, para el archivo del Tribunal.
Publíquese, Regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado CUARTO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS. En Maiquetía, a los cinco (05) día del mes de Mayo de dos mil diez (2010).-

LA JUEZ


EL SECRETARIO


Dra. SCARLET RODRIGUEZ PÉREZ JONATHAN GUILLEN


En la misma fecha se publicó y registró la anterior decisión, siendo las 12:00.m., y se devolvió constante de veinticinco (25) folios útiles.
EL SECRETARIO


JONATHAN GUILLEN

SRP/JG/Yaneiza
Exp. Nº 2708/10