REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA
Años 200° y 151°

SUNTO Nº SP01-L-2010-000048

PARTE DEMANDANTE: BRAULIO PEÑA DUQUE identificado con la cédula Nro. V-3.004.693.

APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDANTE: JACKSON WLADIMIR ARENAS RANGEL, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nro.115.981 Y MIRIAM TERESA LARGO PORRAS, inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nro.137.413.

PARTE DEMANDADA: PASTEURIZADORA TACHIRA C.A.

ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDADA: MAITE CAROLINA SOTO YANEZ, inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nro.38.708.

MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

En el día de hoy, treinta y uno (31) de mayo de 2010, siendo las 8:45 de la mañana, oportunidad fijada para celebrar la audiencia preliminar se hicieron presentes en la sede del Tribunal, la parte actora ciudadano BRAULIO PEÑA DUQUE identificado con la cédula Nro. V-3.004.693, asistido por el abogado JACKSON WLADIMIR ARENAS RANGEL, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nro.115.981 y por la parte demandada se hizo presente la apoderdada judicial abogada MAITE CAROLINA SOTO YANEZ, inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nro.38.708. Seguidamente ambas partes a los fines de dar por terminado el presente proceso expusieron; la parte demandada ofrece a la parte actora la suma única de DIECIOCHO MIL BOLIVARES (Bs.18.000,oo) pagaderos en este acto mediante cheque Nro.08636173 de la cuenta corriente Nro.0137001080000099391 contra El Banco Sofitasa, por su lado la parte actora acepta la propuesta formulada y declara que no tiene nada más que reclamar por el objeto del presente juicio. El Tribunal visto el acuerdo realizado lo HOMOLOGA de conformidad con el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, y le otorga el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Ambas partes reciben las pruebas promovidas. Se ordena expedír copias fotostáticas certificadas de la totalidad del expediente para ser entregadas a la parte demandada. Es todo, terminó, se leyó y firman.
La Juez,

Abog. Ana Mercedes Mora Rivas
La Parte Demandante, La Parte Demandada,



La Secretaria,