REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CIVIL

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR CIVIL, MERCANTIL DEL TRANSITO Y DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.
Maiquetía, 04 de noviembre de 2010
Años 200° y 151°

La Secretaria del Tribunal dio cuenta al ciudadano Juez de la recepción del presente expediente procedente del Juzgado Tercero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, de conformidad con el artículo 516 del Código de Procedimiento Civil, contentivo del juicio que por DESALOJO sigue la ciudadana GLADYS DE JESUS RODRIGUEZ RAMOS, contra la ciudadana BLISSETT SBEYLA RAMOS MARCANO, désele entrada, anótese y regístrese en los libros respectivos que a tal efecto son llevados por este Tribunal. Dicho expediente subió a esta Alzada en virtud de la apelación interpuesta por el apoderado judicial de la parte demandada, contra la decisión dictada por ese Juzgado en fecha 25/10/2010. Por cuanto se evidencia que la presente causa fue tramitada conforme al procedimiento breve previsto en el Libro IV, Título XII del Código de Procedimientos Civil, se fija el DECIMO (10°) día de despacho siguiente al de hoy para dictar sentencia, de acuerdo a lo establecido en el artículo 893 del Código de Procedimiento Civil, sin perjuicio de la facultad de dictar un auto para mejor proveer de acuerdo a las pautas del artículo 514 del mismo Código, caso en el cual el cómputo para dictar sentencia se iniciará cumplido que sea dicho auto para mejor proveer, o pasado el término señalado para su cumplimiento, lo que ocurra primero.
LA JUEZA PROVISORIA
DRA. MARIA CAROLINA MARIOTTO ORTIZ

LA SECRETARIA

MARYSABEL BOCARANDA




MCMO/lr
Exp. N° 2081-