REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS. Maiquetía, (08) de Noviembre del dos mil diez (2010).-

200º y 151º

Vista la anterior solicitud presentada por la ciudadana LEONOR JOSEFINA CLARK, debidamente asistida por el profesional del derecho JESUS ESTEBAN HERNANDEZ, Inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 9.137, mediante la cual solicitó se le expida copia certificada mecanografiada de la solicitud signada con el N° 081-05, del Asiento No. 18, del Libro Diario, Tomo LVI, año 2005, de fecha 15-03-2005, Folio 77, el Tribunal acuerda de conformidad con lo solicitado y ordena la expedición de la copia mecanografiada certificada de la solicitud signada con el N° 081-05, del Asiento No. 18, del Libro Diario, Tomo LVI, año 2005, de fecha 15-03-2005, Folio 77, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase.-
EL JUEZ,

Abg. CARLOS E. ORTIZ F.
LA SECRETARIA,

Abg. MERLY VILLARROEL

CEOF/mv/Carla.-
Sol. Nº 7590-10




Quien suscribe, MERLY VILLARROEL, Secretaria del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas. CERTIFICA: Que la copia que a continuación se transcribe es traslado fiel y exacto de su original, que la contiene en todas y en cada una de sus partes la cual corresponde a la solicitud signada con el N° 081-05, del Asiento No. 18, del Libro Diario, Tomo LVI, año 2005, de fecha 15-03-2005, Folio 77, el cual copiado a la letra es del tenor siguiente:
“Nº 18. Únicos y Universales Herederos. LEONOR JOSEFINA CLARK. Comparecieron los ciudadanos HECTOR JOSE BRITT HERNANDEZ y YOYMAYDIVETT MUREY PEREZ, titulares de las C.I. Nros V- 12.460.856 y V- 12.717.222, a fin de declarar sobre los particulares contenidos en la solicitud. Igualmente se acordó hacer entrega de la solicitud de conformidad con el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, devuélvase originales.” Hasta aquí la trascripción. En Maiquetía, a los (08) días del mes de Noviembre del dos mil diez (2010).-
LA SECRETARIA,

Abg. MERLY VILLARROEL





REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS. Maiquetía, (08) de noviembre del año dos mil diez (2.010).-
200° y l51°

Resuelta la presente solicitud, constante de cinco (05) folios útiles, devuélvase a la solicitante. Cúmplase.-
EL JUEZ,

Abg. CARLOS E. ORTIZ F.
LA SECRETARIA,

Abg. MERLY VILLARROEL



CEOF/mv/Carla.-
Sol. Nº 7590-10