REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y FERNÁNDEZ FEO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. Abejales.
Sentencia Nro. 1.232 – 10 – 1.020
CAPÍTULO I
DE LAS PARTES
DEMANDANTE: Carmen Mireya Ramírez, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 14.941.120, actuando con el carácter de madre de: DENIS DANIELA, JOSÉ LUIS y JUAN DAVID MORALES RAMÍREZ.
DIRECCIÓN: Km – 10, vía El Llano, casa sin número, al lado de la finca El Diamante, Municipio Libertador del Estado Táchira.
DEMANDADO: Luis Alberto Morales Galvis, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 11.839.780, con el carácter de padre de: DENIS DANIELA, JOSÉ LUIS y JUAN DAVID MORALES RAMÍREZ.
DIRECCIÓN: Km – 10, vía El Llano, casa sin número, dos casas de la finca El Diamante, Municipio Libertador del Estado Táchira.
MOTIVO: Fijación de Obligación de Manutención
Causa Número: 1.232 – 10
Fecha de Entrada: 27 de septiembre de 2010
CAPÍTULO II
DE LOS HECHOS
En fecha 23 de septiembre de 2010, se recibió solicitud de fijación de obligación de manutención, incoada por la ciudadana: CARMEN MIREYA RAMÍREZ, para DENIS DANIELA, JOSÉ LUIS y JUAN DAVID MORALES RAMÍREZ, contra el ciudadano: LUIS ALBERTO MORALES GALVIS.
En fecha de 27 de septiembre de 2010, se admitió y se le dio entrada a la solicitud de fijación de obligación de manutención, incoada por la ciudadana: CARMEN MIREYA RAMÍREZ, para DENIS DANIELA, JOSÉ LUIS y JUAN DAVID MORALES RAMÍREZ, contra el ciudadano: LUIS ALBERTO MORALES GALVIS, se acordó citar al obligado para el acto conciliatorio.
En fecha 27 de septiembre de 2010, se libró Boleta de Notificación para el Fiscal del Ministerio Público, Especializado para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente, Civil y Familia de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, participando la admisión de la presente demanda.
En fecha 30 de septiembre de 2010, mediante diligencia consigna el Alguacil del Tribunal Boleta de notificación practicada al Fiscal del Ministerio Público, Especializado para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente, Civil y Familia de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.
En fecha 08 de octubre de 2010, mediante diligencia consigna el Alguacil del Tribunal Boleta de Citación librada para el demandando, ciudadano: LUIS ALBERTO MORALES GALVIS, quien la recibió y la firmó al pié.
En fecha 14 de octubre de 2010, compareció el obligado, ciudadano: LUIS ALBERTO MORALES GALVIS, parte demandada, previa entrevista con la ciudadana Jueza, concedido como le fue el derecho de palabra el demandado expuso:
“No estoy en disposición de fijar la cantidad de OCHOCIENTOS BOLÍVARES (Bs. 800.00), mensuales, que solicita la ciudadana: CARMEN MIREYA RAMÍREZ, e informo a la Jueza que actualmente estoy cumpliendo con un mercado cada vez que se requiera, así como los gastos que requieran mis hijos, lo cual me comprometo en seguir cumpliendo de esta forma con la obligación”
En fecha 27 de octubre de 2010, por auto del Tribunal se declara vencido el lapso para presentar pruebas sin que ninguna de las partes haya hecho uso de tal derecho.
En fecha 29 de octubre de 2010, mediante diligencia suscrita y estampada por la ciudadana: CARMEN MIREYA RAMÍREZ, quien expuso:
“Acepto el ofrecimiento de aumento de la obligación de manutención hecho por el padre de mis hijos, en fecha 14 de octubre de 2010, pido al Tribunal se notifique al obligado, para que me entregue el mercado semanal y de manera puntual”
CAPÍTULO III
HOMOLOGACIÓN
En fecha 14 de octubre de 2010, compareció el ciudadano: LUIS ALBERTO MORALES GALVIS; quien ofreció en la fijación del monto de la obligación de manutención, para DENIS DANIELA, JOSÉ LUIS y JUAN DAVID MORALES RAMÍREZ, forma y oportunidad de pago de la misma; y en fecha 29 de octubre de 2010, la demandante, comparece y acepta el ofrecimiento hecho por el obligado, en consecuencia y por cuanto la conciliación entre las partes no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Juzgado de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte homologación a la diligencia de ofrecimiento, de aumento del monto de la obligación de manutención, de fecha 14 de octubre de 2010, y diligencia de aceptación de fecha 29 de octubre de 2010, por la demandante, de conformidad con lo establecido en el Artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.
Se acuerda la revisión anual del monto de la Obligación de manutención, conforme a lo establecido en el último aparte de artículo 369 ejusdem.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Despacho del Juzgado de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, con sede en Abejales a los tres días del mes noviembre de dos mil diez. Años 200° de la Independencia y 151° de la Federación.
La Jueza
Abog. Rosalba Ruiz Jaimes
Secretario
Luis Alfonso Sánchez Pérez
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