JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. Independencia, 16 de noviembre de 2010.
200º y 151º
Visto el ACUERDO CONCILIATORIO realizado en acta de fecha 11/11/2010, entre los ciudadanos: MAURA MONSERRATE VERA SANTANA, ecuatoriana, mayor de edad, titular de la cédula de residente Nº E-81.886.255 y YONY MOROS GUTIERREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-6.103.435, ambos de este domicilio; por OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, a favor de las hermana…, por cuanto no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACION, de conformidad con lo establecido en el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, dándole fuerza ejecutiva. Notifíquese al Fiscal del Ministerio Público competente, regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal.
LA JUEZA TEMPORAL,
ABG. BETTY YAJAIRA VARELA MARQUEZ
LA SECRETARIA
ABG. MAURIMA MOLINA COLMENARES
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado, se publicó siendo la (s) __________ quedó registrada bajo el Nº ______, se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal y boleta de notificación.
Abg. Maurima Molina / Secretaria
Exp. Nº 1369/2006
BYVM/lcm.
Va sin enmienda.
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