REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE MUNICIPIO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
JUZGADO TERCERO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.
Maiquetía, 25 de noviembre de 2010.
200° y 151°
Vista la anterior solicitud presentada por la ciudadana: CARMELINA SAVOCA TRIMARECHI, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 4.115.869, debidamente asistida por el ciudadano JOSE APOLINAR SAYAGO BRICEÑO, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 14.453, y MARCO ANTONIO MORENO CURVELO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº 6.800.269, debidamente asistido por la abogada YASMIN MARTINEZ, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº23.991, no es contrario al orden público, a las buenas costumbres ni a ninguna disposición expresa de la ley este Tribunal la admite. Se ordena la citación del Representante del Ministerio Público de ésta misma Circunscripción Judicial, para que comparezca por ante éste Tribunal dentro de los diez (10) días de Despacho siguientes a su citación, a exponer lo que estime pertinente en relación al referido escrito solicitud, cuya copia certificada se le anexará a la Boleta de Citación, todo de conformidad con lo previsto en el Artículo 185-A del Código Civil. Expídase por Secretaría copia certificada del aludido escrito solicitud, y con la respectiva Boleta conforme a lo previsto en el Artículo 112 del Código de Procedimiento Civil, la referida boleta se librará una vez conste en autos la consignación de los fotostatos correspondientes. En cuanto la solicitud realizada en el escrito libelar de las copias certificada del escrito y del auto de admisión. Este tribunal a los fines de proveer ordena expedir copias certificadas solicitadas, de la diligencia y de auto que la provee, todo de conformidad con el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase.-

LA JUEZ

NAHIROBY C. BOSCAN P.
LA SECRETARIA


ELIA GONZALEZ



NCBP/Eg/jonathan
Exp. Nº 1481-10