REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EN LO CIVIL

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
Maiquetía, 01 de octubre de 2010
200 ° y 151°
Vista la anterior demanda de DAÑOS Y PERJUICIOS y los recaudos acompañados, presentado por el abogado HENRY ALEXIS SERRANO SIVIRA, Inpreabogado Nº 83.830, quien actúa en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana FELICIA RAMONA ALBUJA DE RIVAS, Venezolana, mayor de edad, de éste domicilio y titular de la cédula de identidad Nº 2.897.590, por cuanto la misma no es contraria al orden público a las buenas costumbres y a ninguna disposición expresa en la Ley, el Tribunal la admite, désele entrada y anótese en el libro respectivo. En consecuencia, se emplaza a la demandada Sociedad Mercantil Administradora “FIGUEIRA BIENES RAICES”, Inscrita por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, en fecha 25 de junio del año 2001, anotada bajo el Nº 37, Tomo 11-A, en la persona de su representante legal la ciudadana DAMELYS MARIA MANICA FIGUEIRA, mayor de edad, de éste domicilio y titular de la cédula de identidad Nº 12.715.310, para que comparezca por ante éste Tribunal, dentro de los veinte (20) días de despacho siguientes a la constancia en autos en el expediente, de haberse practicado su citación, a fin de que de contestación a la demanda, entre las horas comprendidas de 8:30 a.m a 3:30 p.m. Compúlsese el libelo de la demanda y con su orden de comparecencia al pié entréguese a la Alguacil del Tribunal para que practique la citación.
LA JUEZA,
DRA. MERCEDES SOLORZANO. LA SECRETARIA,
YASMILA PAREDES
En la misma fecha se admitió, la compulsa de citación se librará una vez conste en autos los fotostatos respectivos.
LA SECRETARIA,
YASMILA PAREDES
MS./YP./ys.-
Expediente Nº 8193