REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CÁRDENAS GUASIMOS Y ANDRÉS BELLO

En el día de hoy, once de Octubre de dos mil diez, comparecen por ante este Despacho los ciudadanos: MONTESDEOCA ZAMBRANO CONSUELO JOSEFINA y GABRIEL ARCANGEL SANCHEZ GUERRERO, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-11.195.570 y V-12.227.826, con el carácter acreditado en autos, y progenitores de la niña (omitido por art. 65 LOPNA). La Juez los impuso del motivo de su comparecencia y se procedió a la realización de dicho acto.- Después de una conversación con ambas partes, el demandado de autos expone: “ME DOY POR CITADO EN LA PRESENTE CAUSA RENUNCIO AL LAPSO DE COMPARECENCIA e Informo al Tribunal que hemos llegado a un acuerdo que nos reconciliamos, y estamos compartiendo todos los gastos de la niña, pues vivimos juntos nuevamente y solicito al Tribunal se libre oficio al JEFE DE RECURSOS HUMANOS DE LA EMPRESA PREACEROS PELLIZARI EN LAS LOMAS, ESTADO TACHIRA, a fin de que se levante la retención de las PRESTACIONES SOCIALES, SE DE POR TEMINADO EL PRESENTE JUICIO Y SE ORDENE EL ARCHIVO DEL EXPEDIENTE.” En este estado le fue cedido el derecho de palabra a la demandante quien expuso: ”Manifiesto al Tribunal que nos hemos reconciliado y estoy de acuerdo con lo manifestado por el padre de mi hija.- Es todo.- En consecuencia, visto el acuerdo formulado por las partes, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CARDENAS, GUASIMOS Y ANDRES BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, EN UN TODO ACUERDO CON EL ARTÍCULO 375 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE, LE IMPARTE A LA CONCILIACIÓN SUSCRITA ENTRE LAS PARTES SU HOMOLOGACIÓN CORRESPONDIENTE, POR LO CUAL SE TENDRÀ CON FUERZA EJECUTORIA y ACUERDA LIBRAR EL OFICIO SOLICITADO. SE LEVANTA LA MEDIDA DECRETADA Y SE ACUERDA OFICIAR LO CONDUCENTE. SE DA POR TERMINADO EL PRESENTE JUICIO Y SE ORDENA EL ARCHIVO DEL EXPEDIENTE Y SU REMISION AL ARCHIVO JUDICIAL EN SU OPORTUNIDAD CORRESPONDIENTE.- Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.- LA JUEZ TITULAR,

ABG. LUISA MEDINA


LOS COMPARECIENTES,

LA SECRETARIA,

ABG. MARISOL MALDONADO
EN LA MISMA FECHA SE DEJA COPIA CERTIFICADA PARA EL ARCHIVO DEL TRIBUNAL Y SE LIBRA OFICIO N° 1353.
LA SECRETARIA,
GR
ABG. MARISOL MALDONADO
La suscrita secretaria del Juzgado de los Municipios Cárdenas, Guásimos y Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, certifica la exactitud de la anterior copia por ser fiel traslado de su original, copiada textualmente y a un mismo tenor de la CONCILIACION suscrita entre las partes, en el expediente de OBLIGACION de MANUTENCION N° 6090-2010. Táriba, 11-10-2010.
LA SECRETARIA,


ABG. MARISOL MALDONADO
GR