REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE JUICIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio del Estado Vargas
Macuto, 20 de Octubre de 2010
200º y 151º
ASUNTO PRINCIPAL : WP01-P-2009-001575
ASUNTO : WP01-P-2009-001575
4U-1449-09
JUEZ DE JUICIO: MARLENE DE ALMEIDA SOARES
FISCAL DEL MINISTERIO PÚBLICO: GRISELDA ROCAFUERTE
ACUSADO: XAVIER SILVA NARVÁEZ
DEFENSORA: CARMEN RODRÍGUEZ
Finalizada como ha sido la audiencia oral celebrada en esta misma fecha, convocada conforme a lo previsto en el artículo 45 del Código Orgánico Procesal Penal, en la Causa seguida en contra del ciudadano XAVIER SILVA NARVÁEZ, quien dijo ser de nacionalidad Venezolana, nacido en Margarita, Estado Nueva Esparta en fecha 29 de Mayo de 1987, de 23 años de edad, estado civil soltero, de profesión u oficio Pescador, hijo de JESÚS SALVADOR SILVA (f) y AMÉRICA NARVÁEZ (V), residenciado en la Calle La Laguna, a cinco casas, casa de color verde que tiene dos soles a los costados, Los Roques, Estado Vargas y titular de la Cédula de Identidad N° V-17.897.046, pasa este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio, de conformidad con lo previsto en el artículo 173 del Código Orgánico Procesal Penal, a fundamentar su decisión según se establece a continuación.
El Ministerio Público formuló Acusación en contra del referido ciudadano, al encontrarlo incurso en la comisión del delito de HURTO SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 451 del Código Penal, toda vez que en fecha 16 de Abril de 2009, siendo las 07:00 horas de la mañana, los funcionarios S/1 José Ramón Tavio Tovar y S/2 José Gregory García Rojas, adscritos a la Estación de Vigilancia Costera Los Roques del Destacamento de Vigilancia Costra N° 05 de la Guardia Nacional Bolivariana de Venezuela, cumpliendo instrucciones del ciudadano Capitán Engelbert Franco García, salieron de comisión terrestre con la finalidad de buscar a dos ciudadanos quienes presuntamente habían hurtado un bolso de color negro propiedad de una turista, que se encontraba hospedada en la Posada Cayo Luna, y que presuntamente uno de esos ciudadanos era un ciudadano que llaman Lenin, al pasar por la Plaza Bolívar del Gran Roque, avistaron a dicho ciudadano, quien manifestó que él andaba en compañía de Xavier, encontrando a ese último caminando por Playa Sánchez, cerca de la Capilla del Gran Roque, una vez en el comando se les informó que estaban allí por estar presuntamente involucrados en el hurto de una cartera de color negro, contentiva de quinientos (500) bolívares fuertes en billetes varios, hurtada de una ventana de la Posada Cayo Luna, en donde se encontraba hospedada la ciudadana MERILVI CAROLINA FERRER BRACHO, quien los identifico inmediatamente al momento de hacer presencia en el comando para ser entrevistada por el hecho cometido.
Ahora bien, en fecha 08 de junio de 2009, este Tribunal admitió la acusación formulada por la Representación Fiscal en contra de XAVIER SILVA NARVÁEZ y acordó suspender el proceso seguido al mismo, previa la admisión de los hechos por él realizada, conforme a lo establecido en el artículo 37 (hoy 42) del Código Orgánico Procesal Penal, imponiéndole un régimen de prueba de Un (01) año.
En el transcurso de la mencionada audiencia y en presencia de todas las partes, éste Tribunal pudo constatar el total y cabal cumplimiento de todas aquellas obligaciones que le fueron impuestas al ciudadano XAVIER SILVA NARVÁEZ, así como el plazo de suspensión del proceso, trayendo esto como consecuencia necesaria la extinción de la acción penal en la Causa que se le sigue a las mismas, por lo que quien aquí decide considera que lo procedente y ajustado a derecho es DECRETAR EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida al ciudadano XAVIER SILVA NARVÁEZ, por la comisión del delito de HURTO SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 451 del Código Penal y ASÍ SE DECIDE.
DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Unipersonal Cuarto de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida al ciudadano XAVIER SILVA NARVÁEZ, arriba identificado, por la comisión del delito de HURTO SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 451 del Código Penal, de conformidad con lo previsto en el artículo 318, ordinal 3°, en concordancia con el artículo 48, ordinal 7°, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, al haberse producido la extinción de la acción penal por cumplimiento de las obligaciones y del plazo de suspensión condicional del proceso.
Publíquese, diarícese y déjese copia.
LA JUEZ DE JUICIO,
MARLENE DE ALMEIDA SOARES
LA SECRETARIA,
ABG. JEANY CAMACARO