REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO VARGAS
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN
EN SU NOMBRE

Macuto, 08 de octubre de 2010
200° y 151°

Compete a este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución de este Circuito Judicial Penal, emitir pronunciamiento en la presente causa seguida en contra del ciudadano YOVANNY RANGEL SERRANO LEDEZMA, de nacionalidad venezolana, natural de La Guaira, Estado Vargas, nacido en fecha 15 de febrero de 1984, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, hijo de Yovanny Serrano y de Celenia Ledezma, titular de la cedula de identidad N° 17.155.245 y residenciado en la Alcabala Vieja parte alta casa s/n, detrás de los bloques 10 de marzo Estado Vargas, contra quien se llevó juicio por la comisión del delito de ROBO GENERICO, previsto y sancionado en el artículo 457 del Código Penal vigente para la fecha en que ocurrieron los hechos.

En este sentido este Tribunal previamente observa:

Cursa en autos sentencia dictada por el Tribunal Cuarto de Primera Instancia en Función de Juicio del Estado Vargas, de fecha 09 de septiembre de 2010, mediante la cual ABSUELVE al ciudadano YOVANNY RANGEL SERRANO LEDEZMA, de los cargos formulados en su contra por la Fiscal Tercera del Ministerio Público de este Estado, por la comisión del delito de ROBO GENERICO, previsto y sancionado en el artículo 457 del Código Penal vigente para la fecha en que ocurrieron los hechos, por considerar que no existían elementos suficientes de convicción procesal que demostraran la culpabilidad y subsiguiente responsabilidad penal. Pronunciamiento que fue declarado definitivamente firme por el citado Tribunal, mediante auto de fecha 24/09/2010.

Así las cosas, este Tribunal de Ejecución estima procedente y ajustado a derecho decretar la LIBERTAD PLENA, del mencionado ciudadano y ORDENAR excluir de pantalla cualquier registro que presente en relación a este causa. Y ASI SE DECIDE.-

DISPOSITIVA

En base a lo anteriormente expuesto este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la Republica y por autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD PLENA del ciudadano YOVANNY RANGEL SERRANO LEDEZMA, titular de la cédula de identidad Nº 17.155.245, en virtud de haberse dictado sentencia absolutoria a su favor, en fecha 13/092010 de la imputación efectuada en su contra por el Ministerio Público, por la comisión del delito de ROBO GENERICO, previsto y sancionado en el artículo 457 del Código Penal vigente para la fecha en que ocurrieron los hechos.

Regístrese, Diarícese, publíquese, déjese copia en archivo y notifíquese la presente decisión. Líbrese oficio a la Consultoría Jurídica de Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminológicas ordenando la exclusión de los registros que por este hecho pueda presentar el ciudadano YOVANNY RANGEL SERRANO LEDEZMA.
LA JUEZ,

ROSA AMELIA BARRETO DIANEZ
LA SECRETARIA,


ABG. FREYSELA GARCIA

Causa Nº WP01-P-2004-000265