REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS. Maiquetía, 11 de Octubre de 2010.
200° y 151º
Visto el anterior escrito y la manifestación hecha por los cónyuges, ciudadanos HECTOR JOHAN IZAGUIRRE CONOPOY y LORELAY MAYTE SALVATIERRA ROMERO, cónyuges, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-13.044.874 y V-13.044.864, respectivamente, y habiendo procedido la Juez a excitar a los cónyuges a la reconciliación, sin lograrse la misma, éste Tribunal decreta la SEPARACION DE CUERPOS Y BIENES, en los mismos términos y condiciones por ellos convenidos en su escrito, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 189 y 190 del Código Civil, en concordancia con el Artículo 762 del Código de Procedimiento Civil, Parágrafo Primero. Cúmplase.-
LA JUEZ TITULAR,

LIZBETH ALVARADO FRIAS

LA SECRETARIA,

Abg. NELIDA LINARES OQUENDO