REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS. Maiquetía, 13 de Octubre de 2010.
200° y 151°

Visto el libelo de demanda, así como la diligencia presentada por la ciudadana DAMELYS MANICA FIGUEIRA, en su carácter de Presidenta de la ADMINISTRADORA FIGUEIRA BIENES Y RAÍCES, C.A., debidamente asistida por la abogada ROSAURA HERNANDEZ, y por cuanto la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres ni a ninguna disposición expresa de la Ley, este Tribunal la admite. En consecuencia, se emplaza a la parte demandada, ciudadana NINOSKA VIRGINIA FRANCO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-7.990.855, para que comparezcan por ante este Tribunal, en el horario comprendido entre las 8:00 a.m. y 3:30 p.m., del segundo (2do.) día de Despacho siguiente a la constancia en autos de haberse practicado su citación, a fin de que de contestación a la demanda incoada en su contra. Compúlsese el libelo de demanda y con la orden de comparecencia al pié, entréguese al Alguacil del Tribunal para que practique la citación del demandado.
LA JUEZ TITULAR;

LIZBETH ALVARADO FRIAS.
LA SECRETARIA,

Abg. NELIDA LINARES OQUENDO

En esta misma fecha se libró la orden de comparecencia al demandado y se insta a la parte actora a consignar copias fotostáticas del libelo de demanda y auto de admisión, a los fines de la elaboración de la compulsa.
LA SECRETARIA,