REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS. Maiquetía, 14 de Octubre de 2010.
200° y 151°

Visto el libelo de demanda, así como la diligencia presentada por el abogado GUILLERMO ENRIQUE DE LOS RIOS ALVARADO, apoderado judicial del ciudadano FIRMO FERREIRA RODRIGUES, y por cuanto la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres ni a ninguna disposición expresa de la Ley, este Tribunal la admite. En consecuencia, se emplaza a la parte demandada, Sociedad Mercantil SUPERCAUCHOS BRISAS DE LOURDES, C.A., en la persona de los ciudadanos PAULO ROQUE CAMARA y HUMBERTO DE SOUSA, titulares de las cédulas de identidad Nros. E-1.027.724 y V-7.997.056, respectivamente, para que comparezcan por ante este Tribunal, en el horario comprendido entre las 8:30 a.m. y 3:30 p.m., del segundo (2do.) día de despacho siguiente a la constancia en autos de haberse practicado su citación, a fin de que de contestación a la demanda incoada en su contra. De conformidad con lo establecido en el artículo 342 del Código de Procedimiento Civil, compúlsese el libelo de demanda y con la orden de comparecencia al pié, entréguese al Alguacil del Tribunal para que practique la citación personal de la demandada.
LA JUEZ TITULAR,

LIZBETH ALVARADO FRIAS.
LA SECRETARIA,


Abg. NELIDA LINARES OQUENDO

En esta misma fecha se libró la orden de comparecencia al demandado y se insta a la parte actora a consignar copias fotostáticas del libelo de demanda y auto de admisión, a los fines de la elaboración de la compulsa.
LA SECRETARIA,